Estamos en septiembre, pero ya huele a pan de muerto. En un abrir y cerrar de ojos estaremos montando el altar y tomando chocolate caliente; luego asistiremos a las posadas, celebraremos la Navidad, iremos al festejo de Año Nuevo, nos visitarán los Reyes Magos, comeremos tamales el Día de la Candelaria y así continuará la vida hasta que, en algún momento, concluya.
Al igual que el Reporte de Crédito de Buró de Crédito, la vida hay que llenarla de buenas experiencias y recuerdos valiosos. Lo material lo dejamos y, entre lo que debemos dejar, está el testamento.
Así como las cosas buenas no hay que posponerlas, tampoco debemos aplazar la redacción del testamento, con mayor razón en este mes, que es cuando resulta más barato.
Hacer un testamento es muy fácil y rápido. El primer paso consiste en identificar y registrar, a detalle, todas tus pertenencias y a quién deseas dejárselas. Luego vas con el notario, llenas un formato, pagas y, unos días después, pasas por tu testamento.
Es importante saber que, en el mundo del ahorro, del crédito, de los seguros y de los sistemas para el retiro, siempre se dará prioridad a los beneficiarios que se hayan establecido en los contratos. Aun con lo dicho, es muy importante que todos tengamos un testamento hecho ante notario, en el que haya coherencia entre los beneficiarios que ahí establezcamos y aquellos que hemos asignado en los contratos. Así se evitarán malentendidos, problemas y hasta peleas entre los herederos.
Ten presente que muchos créditos pueden contar con un seguro de vida incluido, por ejemplo, un crédito hipotecario, una tarjeta de crédito o un crédito automotriz. Si el titular llegase a fallecer y no existiera algún otro responsable del crédito, el seguro cubrirá el adeudo restante y el bien material, en caso de haberlo, pasará a manos de quien o quienes hayan sido designados como herederos. En algunos casos será necesario pagar impuestos por heredar, así que vale la pena informarse con el notario para tomarlo en cuenta al momento de repartir los bienes.
En el caso de los créditos y de cualquier tipo de cuenta, es muy importante avisar a la entidad financiera correspondiente cuando fallezca su titular. Necesitarás presentar tu identificación oficial, así como una identificación del fallecido y el acta de defunción original o una copia notariada. Si hablamos de un crédito, la empresa que lo otorgó notificará a Buró de Crédito para que se coloque una clave de observación en el Reporte de Crédito, con el fin de indicar que la persona ha fallecido y prevenir que su identidad se utilice para obtener un crédito de forma fraudulenta.
Volviendo al testamento, es útil que, una vez que lo hayas hecho, informes a tus beneficiarios que les vas a dejar algo y mantengas en orden todos tus documentos, en un lugar seguro, pero de fácil acceso, para que sea sencillo encontrarlos.
Si ya tienes un testamento y haces otro para actualizar tus preferencias, el más reciente será el válido. Es útil que le informes al notario sobre esta acción para que la tenga presente.
Si tienes un negocio o una empresa, esta forma parte de lo que puedes heredar, por lo que también es recomendable elaborar un plan de sucesión empresarial para evitar que quien llegue a controlarla la lleve a la quiebra; capacítalo con tiempo.
Recuerda que, si te casaste bajo el régimen de sociedad conyugal, los bienes pertenecen a ambos por partes iguales, aun cuando solo uno de ellos aparezca como titular o dueño. En este caso, es muy importante que ambos hagan su testamento, ya que así cada uno podrá disponer de lo que le corresponde.
Piensa también a quién nombrarás como albacea. Esta persona tendrá como función principal vigilar que se cumpla el testamento.
Por último, si tienes hijos menores de edad, necesitarás nombrar a un tutor que vele por sus intereses hasta que hayan cumplido la mayoría de edad.
Por: Wolfgang Erhardt, Vocero Nacional de Buró de Crédito
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