Las estaciones de servicio ya no cumplen con la regulación únicamente por contratar seguros de responsabilidad civil y de responsabilidad ambiental. Las disposiciones vigentes obligan a contar con ambas pólizas y, además, a obtener la aprobación de la autoridad para que tengan validez regulatoria.
UV Consulting, empresa mexicana especializada en inspección y evaluación de la conformidad para el sector de hidrocarburos, refirió en un reporte que uno de los errores más comunes entre los permisionarios consiste en pensar que la contratación del seguro es suficiente para satisfacer las obligaciones establecidas por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA).
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Sin embargo, la póliza de responsabilidad ambiental debe presentarse ante la ASEA y recibir la aprobación correspondiente. Mientras la autoridad no emita esa validación, el seguro no se considera aprobado para efectos regulatorios.
Según UV Consulting, las Disposiciones Administrativas de Carácter General (DACG) establecen actualmente la obligación de contar tanto con un seguro de responsabilidad civil como con uno de responsabilidad ambiental.
Este último requisito surgió después de la creación de la ASEA y ha tenido diversos cambios a lo largo de los años.
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Enrique Loyo, director general de UV Consulting, comentó en el reporte que, antes de la creación de la Agencia, las estaciones de servicio únicamente debían contratar una póliza de responsabilidad civil.
Posteriormente, la regulación incorporó la cobertura ambiental y modificó los criterios para determinar los montos asegurados.
Al principio, la cobertura ambiental exigía un respaldo de 275,000 dólares por evento. Actualmente, la ASEA solicita que los montos tengan una justificación técnica respaldada por un tercero autorizado, por la institución financiera que emita el seguro o por la propia estación de servicio.
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La presentación de las pólizas debe realizarse mediante la Oficialía de Partes Electrónica (OPE), con el formato FF-ASEA-011. A través de este procedimiento, la autoridad puede revisar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la regulación aplicable al sector hidrocarburos.
UV Consulting advirtió que la falta de aprobación de las pólizas puede generar observaciones durante procesos de supervisión o inspección. Por eso, es preciso revisar periódicamente la vigencia, estructura y estatus de aprobación de los seguros para mantener el cumplimiento de las disposiciones de la ASEA.
GC





