Regreso a clases, oportunidad para tener deducciones personales
Colegiaturas, atención médica, transporte escolar, lentes y hasta muletas o sillas de ruedas son deducibles.
Por Judith Armadillo Mejia
Seas tú el que ingresa a la escuela el próximo ciclo escolar, tu cónyuge, tus hijos o dependientes económicos, hay ciertos gastos relacionados con los estudios que son deducibles de impuestos, así lo determina la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR).
Si bien no existe un rubro de “útiles escolares”, el artículo 151, referente a las deducciones personales sí considera a ciertos gastos, siempre que cuentes con el comprobante fiscal digital (CFDI), también conocido como factura correspondiente y el pago haya sido con una tarjeta bancaria o transferencia electrónica, se aclara en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Los comprobantes fiscales deberás presentarlos en tu próxima declaración anual, que se presenta en abril del próximo año y hace referencia a los ingresos y gastos del año 2017.
Transporte y colegiaturas
El transporte escolar es deducible siempre que sea obligatorio, no importa si es en escuela pública o privada, basta con pagar a través de cheque nominativo, tarjeta bancaria o transferencia electrónica, tener la factura correspondiente, donde se desglose que hay un pago bajo el concepto de “transporte escolar” y el monto.
Al ser restringido para las escuelas que lo hacen obligatorio, el SAT dispone de un listado de instituciones que en el ciclo fiscal expidieron las facturas correspondientes en las condiciones que la autoridad fiscal las pide. Puedes consultar cuáles son en la liga: http://consultaescuelas.sat.gob.mx/ConsultaDeTransporteEscolar/TransporteEscolar.aspx.
Cabe destacar que dentro de la bolsa de deducciones personales, el transporte escolar tiene un tope de 10 por ciento.
Por su parte, las colegiaturas no forman parte de la bolsa de deducciones personales, el beneficio fiscal, es considerado como un estímulo a la educación básica, desde kinder hasta preparatoria, medio superior o profesional técnico.
De acuerdo con el SAT el beneficio es válido pagando por la educación propia, de hijos o un tercero que se tenga en tutoría.
Además de solicitar la factura correspondiente, será fundamental que sean escuelas privadas, con reconocimiento de validez oficial de estudios y que se encuentren listadas con el fisco; el padrón lo puedes consultar en: http://consultaescuelas.sat.gob.mx/Scade.Net.ConsultaEscuelasPrivadas/Default.aspx
Pero hay límites, para nivel preescolar es de 14,200 pesos, primaria, 12,900 pesos; 19,900 en secundaria; profesional técnico 17,100 y bachillerato 24,500 pesos, según la página de internet del SAT.
Es importante destacar que este tope es por estudiante y no por familia; también que quedan excluidos los pagos adicionales como inscripciones, reinscripciones, útiles y uniformes; así como los estudios de posgrado, cursos de inglés o computación, así como para mejorar habilidades de profesionistas.
Cabe destacar que la Coparmex de forma reciente propuso que a esta bolsa de estímulos para la educación se amplíe hasta nivel licenciatura, toda vez que “ni el gobierno federal ni los estados tienen capacidad para brindar el servicio, lo que hace a las familias acudir a instituciones privadas”, comentó el presidente del organismo empresarial, Gustavo de Hoyos. No obstante, la Secretaría de Hacienda, respondió que no hay forma de que este cambio, entre otros propuestos por los empresarios, se den.
En caso de que el estudiante tenga una beca u otro estímulo económico, se deberá dar a conocer para restar ese porcentaje del estímulo fiscal; cabe destacar que esta no es una deducción personal, es un estímulo a la educación.
Cuestiones médicas y de salud
Si tu pequeño o tú no tienen buena vista y necesitan lentes, son deducibles de impuestos hasta por 2,500 pesos, por cada beneficiario.
El requisito es que en la factura se describan las características de los anteojos o bien presentar la receta del oftalmólogo u optometrista, esto de acuerdo con la LISR.
Cabe aclarar, que esta deducción también se puede hacer si compras los lentes para otros dependientes económicos, como pueden ser tus padres, esposa (o), concubino (a), siempre que no hayan percibido ingresos de más de 24,000 pesos en el año fiscal vigente.
Si contratas un seguro de gastos médicos también es deducible de impuestos, así como otros gastos para la atención médica como los de un dentista o bien estudios de sangre, de laboratorio y otros.
De acuerdo con datos del SAT, se pueden deducir las primas de gastos médicos pagados de cualquier forma que cubra compra o alquiler de aparatos de rehabilitación, medicinas que expidan hospitales, honorarios a enfermeras, análisis, estudios clínicos o prótesis.
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