El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció incentivos para la regularización de los contribuyentes que tuvieran algún adeudo fiscal y que perciban ingresos de hasta 35 millones de pesos (mdp) anuales.
Estos incentivos aplicarán para la regularización de contribuciones fiscales propias, retenidas, trasladadas, de comercio exterior o bien para cuotas compensatorias del año 2023 y años anteriores.
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La condición es que los contribuyentes —personas físicas y morales— no hayan recibido condonaciones de impuestos en los programas de 2000, 2007 y 2013 y que no tengan sentencia condenatoria por algún delito fiscal.
Asimismo, la disminución de las multas y recargos no se concederá para quienes se encuentren en los supuestos de los artículos 69-B y 69-B vis del Código Fiscal de la Federación.
Los estímulos para la regularización fiscal consistirán en una disminución de 100% de multas —incluidas las multas con agravantes—, recargos y gastos de ejecución.
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De esta manera, se facilita el pago de los adeudos fiscales y se fomenta el cumplimiento de las obligaciones de las personas físicas y morales, informó el SAT en un comunicado.
Los beneficiarios pueden ser personas o empresas pequeñas y medianas (pyme) que hayan obtenido ingresos totales de hasta 35 mdp en el ejercicio fiscal a corregir y que tengan contribuciones que no hayan sido determinadas por la autoridad federal o cuotas compensatorias omitidas.
También se aceptarán a quienes estén sujetos a facultades de comprobación, los que pagan créditos fiscales a plazos y los que tengan a su cargo créditos fiscales firmes determinados por la autoridad federal.
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En los últimos dos supuestos, los contribuyentes deben aceptar integralmente el crédito fiscal de que se trate, porque si impugnan total o parcialmente ese crédito, el descuento dejará de surtir efectos y la autoridad fiscal exigirá el pago de las cantidades que considere procedentes.
Para mayor información, se puede visitar el minisitio programa de Regularización Fiscal 2025: http://omawww.sat.gob.mx/Adeudos_Fiscales/Paginas/RegularizacionFiscal/LIF/index.html
GC