Más de 5,000 migrantes presentes en México solicitaron, entre febrero de 2022 y julio de este año, su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como personas físicas, con el propósito de recibir ingresos.

Dentro de esta cifra se incluyen a extranjeros que se han establecido en el país en calidad de refugiados, como residentes temporales o permanentes, y también a los mexicanos repatriados, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de un comunicado.

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El SAT explicó que en febrero de 2022 puso en marcha un mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes en el país, así como a refugiados y a los “paisanos” que han regresado al país.

Estos contribuyentes han acudido a la autoridad tributaria para solicitar diversos trámites, de los cuales el más común, en el 98% de los casos, ha sido la inscripción al régimen fiscal de personas físicas.

Sin embargo, también existen extranjeros que requieren el RFC para otros fines distintos a la percepción de ingresos , por lo que igualmente pueden solicitarlo por escrito con una exposición de sus motivos.

Los migrantes presentes en México que tengan interés en realizar trámites ante el SAT deberán acudir a las oficinas de atención distribuidas en el país y, como cualquier otro contribuyente, tendrán que solicitar una cita.

Sin embargo, a la hora de acudir a las oficinas del SAT, los interesados deberán presentarse con determinados documentos, los cuales varían en función de la situación de cada quien.

Migrantes con residencia temporal o permanente

Documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) que acredite su estancia en el país (tarjeta de residente permanente, tarjeta de residente temporal, tarjeta de visitante por razones humanitarias, tarjeta de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, tarjeta de visitante trabajador fronterizo, tarjeta de residente temporal estudiante).

Comprobante del domicilio del lugar de residencia

Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía, que se solicita en el INM.

Extranjeros refugiados

CURP temporal con fotografía, que se tramita en la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) o el INM.

Documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la Comar

Comprobante de domicilio del lugar de residencia

Mexicanos repatriados

CURP temporal con fotografía

Comprante del domicilio del lugar de residencia

Credencial para votar desde el extranjero que emite el Instituto Nacional Electoral (INE).

Mexicanos en retorno

CUPR permanente, que se tramita en el Registro Civil o las oficinas consulares de México en el exterior

Acta de nacimiento o carta de naturalización original

Comprobante de domicilio del lugar de residencia

Credencial para votar desde el extranjero emitida por el INE.

GC