Las personas morales que tributan en el Régimen General y que se encuentran en proceso de liquidación están obligadas a presentar, antes del 17 de enero, su declaración “Del Ejercicio por liquidación”.
Esta fecha límite también aplica para quienes deben presentar la obligación de ejercicios fiscales anteriores.
“El SAT (Servicio de Administración Tributaria) invita a todos los contribuyentes que hayan iniciado su periodo de liquidación, a que cumplan con sus obligaciones fiscales conforme a lo previsto en el artículo 12 primer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta”, expuso el órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
En un comunicado, la autoridad tributaria recordó que para cumplir todas las declaraciones que conforman el proceso de liquidación de una empresa o sociedad, las personas morales han tenido desde el 1 de enero pasado.
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En su boletín, precisó que estos requerimientos se presentan través de su portal de internet, en el apartado “Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen general ejercicios 2019 y posteriores”.
Para cumplir el proceso, los contribuyentes deben seguir el siguiente orden:
1. Declaración “Del ejercicio por terminación anticipada”, que se presenta cuando las personas morales entran en periodo de liquidación y terminan anticipadamente su ejercicio fiscal.
2. Declaración “Del ejercicio por liquidación”, se presenta al término de cada año calendario, a más tardar el 17 de enero del año siguiente.
3. Declaración “Última del ejercicio por liquidación”, se presenta dentro del mes siguiente a la fecha de culminación de las actividades del contribuyente.
¿Cómo hacerlo?
- Ingresar a sat.gob.mx
- Seleccionar “Empresas” (parte superior izquierda).
- Posicionar el cursor en “Declaraciones”.
- Seleccionar “Ver más”.
- Seleccionar “Anuales”.
- Elegir “Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen general ejercicios 2019 y posteriores”.
- En la parte inferior dar clic en “Iniciar”.
- Autenticarse con RFC y Contraseña o e.firma.
- Elegir el “Ejercicio”.
- Seleccionar el “Periodo” dependiendo la declaración que se va a presentar (Del ejercicio por terminación anticipada, Del ejercicio por liquidación o Última del ejercicio por liquidación).
- Seleccionar el “Tipo de Declaración”.
- Seleccionar la obligación “ISR personas morales”.
Personas morales que tributan en RESICO
Respecto a las personas morales que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y que se encuentren en periodo de liquidación a partir del ejercicio 2022, el SAT apuntó que pueden presentar las declaraciones “Del ejercicio por liquidación” y “Última del ejercicio de liquidación”, a través de la herramienta “Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen Simplificado de Confianza”.
¿Cómo hacerlo?
- Ingresar a sat.gob.mx
- Seleccionar “Empresas” (parte superior izquierda).
- Posicionar el cursor en “Declaraciones”.
- Seleccionar “Ver más”.
- Seleccionar “Régimen Simplificado de Confianza”.
- Dar clic en “Iniciar”.
- Autenticarse con RFC y Contraseña o e.firma.
- Elegir el “Ejercicio”.
- Seleccionar el “Periodo” según la declaración que se va a presentar.
- Seleccionar el “Tipo de Declaración”
- Seleccionar la obligación “ISR Simplificado de confianza. Personas morales”.
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