Septiembre es el mes del testamento, preparar este documento no es como en las películas, tampoco es sólo un papel y prepararlo no es “llamar a la muerte”, sino planear y dejar estipulado qué ocurrirá con tus pertenencias una vez que no estés. También es el único lugar válido para determinar quiénes quieres que se hagan cargo de tus hijos o dependientes y quién vigilará todo eso.
“Plasma la decisión de una persona con respecto a su patrimonio, designado a las personas que lo recibirán en el momento de su muerte… Se puede reconocer a los hijos procreados y las deudas contraídas”, explica la Secretaría de Gobernación en su página de internet.
Al ser septiembre el mes destinado para el testamento, en todo el país inician las jornadas informativas y de asesoría para que cualquier interesado mayor de edad, en plenas facultades mentales y por voluntad, registre su testamento a precio especial, ya que los notarios ofrecen una reducción de hasta 50% sobre el precio real del trámite, el cual ronda los 3,500 pesos. Te puede interesar: ¿QUIÉN SE ENCARGARÁ DE TUS HIJOS SI NO ESTÁS? Cabe destacar que el porcentaje de descuento depende de cada entidad federativa ya que un porcentaje se destina para el pago de impuestos correspondientes y la asesoría del notario no tiene costo, el pago se hace cuando se otorga el testamento. Se calcula que en México, sólo 20% de la población en edad correspondiente tiene un testamento, son personas entre 40 y 65 años de edad los que más lo solicitan y por género las mujeres son las más precavidas. La estadística señala que la Ciudad de México la entidad con más trámites; de acuerdo con datos de la Secretaría de Gobernación (SEGOB), a 2012 en México se habían registrado 4 millones 842,992; de ellos, la Ciudad de México concentra un millón 394 mil 665; mientras que Tlaxcala es el estado con menos al sólo tener dos mil 709 testamentos.
¿Qué se deja en el testamento?
El testamento se puede hacer cuando se quiera y cambiar las veces que sea necesario (claro pagando el costo correspondiente), pero sólo tendrá validez el más reciente. Se pueden designar cualquier tipo de herederos. El Colegio Nacional del Notariado Mexicano recomienda que se designe de forma clara a cada uno de ellos, con las indicaciones precisas en el reparto de los bienes. Por ejemplo: “designo herederos de mis bienes a mis hijos por partes iguales” Se puede designar como beneficiarios a personas, instituciones o fundaciones y legar cualquier posesión, sean bienes inmuebles, computadoras, un negocio, muebles, dinero en efectivo, joyas, arte, automóvil, acciones, inversiones, etcétera. TE PUEDE INTERESAR: HAZ TU TESTAMENTO AHORA QUE ES MÁS BARATO En el texto se puede designar a uno o más albaceas que se encargarán de velar porque se cumpla lo que dispone el documento, basta nombrarlo por su nombre. También existen las figuras de tutores y curadores. En el primer caso, se trata de la persona o personas que quieres que cuiden a tus hijos en caso de que ambos padres fallezcan, vela por su bienestar y los bienes que les dejes. Mientras que el curador se encargará de vigilar el adecuado desempeño de la tutela. Para legar tu testamento, basta presentarse con un notario certificado, llevar identificación oficial, designar a los herederos y realizar el pago correspondiente, cabe destacar que en ningún caso los honorarios o el trámite serán proporcionales al valor de los bienes que se heredan, explica Gobernación.
También las deudas se heredan
Pero no te descuides, las deudas y créditos fiscales también se heredan, por lo que es importante notificar a los “beneficiarios” que esto existe y se deberá pagar (si no hay un arreglo) directamente con los bienes que se legan. Cuando llegue el momento de leer el testamento, el albacea deberá hacer un inventario donde se incluirán los activos y pasivos de la persona que falleció; si tenía deudas deberán de mencionarse junto con todos los bienes. Caso contrario es con los seguros ya que el dinero que otorgará en ese caso no está contemplado dentro de las posesiones de quien otorgó el testamento, es decir, es un dinero que se entregará sólo al beneficiario porque, al momento, no existe dentro de las posesiones o herencias.