En aras de la celebración de la Consulta de Revocación de Mandato, el Instituto Nacional Electoral (INE). informó que, conforme a lo establecido en la Constitución y las leyes mexicanas, la prohibición de difundir propaganda gubernamental inició el 4 de febrero y concluirá el 10 de abril, fecha en que se celebrará este ejercicio.

Esto en el marco de la publicación, en el Diario Oficial de la Federación, de la convocatoria para la consulta de revocación de mandato, la cual se realizará por primera vez en el país.  

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A través de un comunicado, el INE dijo que el Artículo 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, aprobada por el Congreso de la Unión y publicada el 13 de septiembre de 2021 señala a la letra:

Durante el tiempo que comprende el proceso de Revocación de Mandato, desde la emisión de la Convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno.

Ante ese escenario, el presidente Andrés Manuel López Obrador llamó al INE a dejar claro cuáles aspectos del gobierno son considerados como propaganda gubernamental

Esta prohibición ordenada por el Poder Legislativo en la normativa de la Revocación de Mandato es aplicable en todo el territorio nacional, a los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal), así como a cualquiera de sus poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).

La misma norma establece también que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos sobre la Revocación de Mandato.

“Si bien en la Ley Federal de Revocación de Mandato se establece que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en este proceso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha declarado inconstitucional dicha determinación al considerar que esa es una labor exclusiva del Instituto Nacional Electoral”, se lee en el documento.

Conforme a esta base normativa el INE, a través de la Comisión de Quejas y Denuncias, podría conocer sobre cualquier irregularidad para dictar, en su caso, las medidas cautelares correspondientes.

Sin embargo, será la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la instancia que resuelva el fondo de las quejas que se llegaran a presentar y determine las sanciones correspondientes.

FF