La Secretaría de la Función Pública (SFP) multó e inhabilitó por 10 años a Francisco Javier Báez Álvarez, exdirector General de Programación y Presupuestación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu).
En un comunicado, la dependencia precisó que la sanción económica es por 158 millones 662 mil pesos, cantidad “impuesta por incurrir en irregularidades administrativas que ocasionaron un daño patrimonial por dicha cantidad”.
“A partir de los trabajos del Órgano Interno de Control (OIC) en la Sedatu para defender la legalidad de la resolución, la sanción fue confirmada cuando un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa emitió una ejecutoria y sobreseyó el juicio de amparo que la persona ex servidora pública había interpuesto.
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“Previamente, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) también resolvió confirmar la inhabilitación y la multa, al resolver la demanda de nulidad solicitada”, agregó la SFP.
De acuerdo con el boletín de la dependencia, el OIC en la Sedatu inició la investigación como resultado de una observación del órgano auditor superior; sin embargo, durante las indagatorias “se hallaron diversas irregularidades, por las cuales determinó imponer la sanción en 2018, tras acreditar que la persona omitió en 2015 cumplir con sus responsabilidades como encargada de la entonces Dirección General de Programación y Presupuestación de esa dependencia, al no dar de baja su usuario en un sistema de adecuaciones presupuestales, originando el uso indebido del mismo”.
“La omisión de la persona servidora pública permitió que indebidamente se solicitara una ampliación de recursos por más de 158 millones de pesos (mdp) supuestamente para otorgar subsidios adicionales y atender de manera inmediata a los beneficiarios del Programa de Vivienda Rural que maneja el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (Fonhapo); no obstante, dicha ampliación fue ilegal y se omitió acreditar su uso y destino”, abundó la Secretaría.
Lo anterior es catalogado como falta administrativa según lo establece la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
“En este caso, el OIC en Sedatu ya notificó de la resolución al Servicio de Administración Tributaria (SAT), para la ejecución del crédito fiscal”, indicó la dependencia, la cual resaltó que, conforme a sus atribuciones, vigila y fiscaliza el funcionamiento y desempeño de las entidades y dependencias de la Administración Pública Federal (APF) y el personal que la conforman, e impulsa los valores que orientan la actuación en el servicio público y constituyen los pilares de la ética pública.
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