Los miembros del Senado dieron luz verde a una reforma de ley que permitirá la ejecución legal de la llamada “muerte digna”. Con 109 votos a favor, los legisladores aceptaron modificaciones al párrafo cuarto del artículo 4 constitucional, en el que se establece el derecho a la protección de la salud y los principios básicos que constituyen al mismo.
“Se establece que el acceso a la salud debe ser en condiciones de dignidad a la vida y que las personas pueden optar por tratamientos para paliar las enfermedades, los cuidados paliativos están reconocidos expresamente en el contexto del derecho humano a la salud, y constituyen un planteamiento que mejora la calidad de vida de los pacientes y sus familiares, cuando se afrontan problemas respecto de una enfermedad latentemente moral”, apunta la justificación del dictamen publicado en la Gaceta Parlamentaria.
Bajo este argumento, el párrafo cuarto del artículo 4 constitucional sería modificado para quedar redactado de la siguiente manera:
“Toda persona tiene derecho a la protección de su salud en condiciones de dignidad. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud incluyendo los cuidados paliativos multidisciplinarios ante enfermedades en situación terminal, limitantes o amenazantes a la vida, así como la utilización de los medicamentos controlados”.
El término “cuidados paliativos” se refiere a acciones tomadas para que un paciente que enfrenta una enfermedad grave se sienta mejor, tanto en un plano físico como social, psicológico e incluso espiritual.  Estos no excluyen los tratamientos médicos regulares que recibe el paciente. Los cuidados paliativos suelen aplicarse a personas que padecen de enfermedades como el cáncer, demencia, insuficiencia renal y VIH/SIDA. Pueden darse durante el tratamiento, a lo largo del seguimiento e incluso en la fase terminal de la vida. La reforma al artículo 4 fue remitida a la Cámara de Diputados para su aprobación.   Te puede interesar: Senado da luz verde a Ley de Austeridad Republicana cach