Alicia Bárcena Ibarra, secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, celebró la aprobación ayer de la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales en el Senado de la República.
La funcionaria destacó la trascendencia de este nuevo marco normativo que reconoce a los animales como seres sintientes, lo que sienta las bases para elevar los estándares de protección y erradicar el maltrato en todo el territorio nacional.
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“Yo creo que es una ley muy novedosa, es una ley única”, afirmó Alicia Bárcena en la conferencia de prensa matutina de este miércoles en Palacio Nacional.
La responsable de la política ambiental aseguró que la legislación resulta indispensable para combatir problemas críticos como el tráfico ilegal de especies silvestres, una actividad ilícita que se ubica como la tercera más lucrativa, únicamente detrás del tráfico de drogas y de armas.
En ese sentido, la normativa refuerza las acciones de conservación y decomiso, lo que apoyará los esfuerzos institucionales con los que se han recuperado 20,000 ejemplares y liberado a más de 85,000 especies amenazadas como el lobo mexicano, el jaguar y el bisonte.
Clasificación y cuidados
La nueva Ley abarca seis títulos y 125 artículos donde divide a los animales en tres grandes categorías para su regulación: de compañía, de producción agropecuaria y fauna silvestre.
Se incorporan los cinco dominios fundamentales del bienestar animal: nutrición adecuada, ambiente propicio, salud física, comportamiento natural y un estado mental positivo.
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Asimismo, se delimita de forma precisa las competencias de la federación, los estados y los municipios, al tiempo que se crea un Registro Nacional de Animales de Compañía y un subsistema de información nacional.
Para los animales de compañía, el ordenamiento fija la tutela responsable, prohíbe su uso progresivo en experimentos de investigación o docencia y mandata su retiro paulatino de estos espacios.
En el ámbito de la producción y abasto, se regulan las condiciones de manejo humanitario, mientras que para la exhibición en zoológicos, acuarios o producciones audiovisuales se exigen instalaciones adecuadas, protocolos de emergencia, enriquecimiento ambiental y supervisión veterinaria continua.
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Adicionalmente, la Ley prohíbe los espectáculos con mamíferos marinos y delfinarios.
En la sesión de ayer en la Cámara alta se incorporaron modificaciones de último momento al dictamen. Los senadores aprobaron adiciones para incluir a las cabalgatas dentro de las actividades que deberán ser reguladas por las entidades federativas.
De igual forma, se adicionó un párrafo al artículo 78 para explicitar que todo espectáculo que emplee animales estará obligado de manera estricta a garantizar su bienestar, al respetar su naturaleza, características biológicas y el vínculo con las personas.
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La minuta fue turnada a la Cámara de Diputados para su revisión y posterior votación.
GC





