La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados emitió esta tarde la declaratoria de publicidad del proyecto de decreto de reformas constitucionales que plantean la extinción de siete órganos autónomos.

De esta forma, la iniciativa que presentó Andrés Manuel López Obrador (AMLO) —aún en su gestión—se discutiría desde el martes de la próxima semana y podría votarse ese mismo día o el miércoles.

Este proyecto busca reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones de los artículos 3°, 6, 26, 27, 28, 41, 76, 78, 89, 105, 113, 116, 123 y 134 de la Constitución Política a fin de eliminar al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) y a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

Asimismo, estarían desapareciendo el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la Comisión Nacional de Mejora Continua de la Educación (MEJOREDU), la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la Comisión Nacional Hidrocarburos (CNH).

Cabe mencionar que la iniciativa también pretende extinguir los órganos autónomos estatales garantes del derecho de acceso a la información y de protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados.

Además, otorgan al Instituto Nacional Electoral (INE) la competencia para conocer de los asuntos relacionados con el acceso a la información pública y la protección de datos personales a cargo de los partidos políticos.

De acuerdo con el dictamen, de avalarse la desaparición de mencionadas comisiones, institutos y consejos, “los derechos laborales de las personas servidoras públicas serán respetados en su totalidad, en términos de la legislación aplicable”.

Por otro lado, en su régimen transitorio, establece que las economías y ahorros que se generen con la extinción de estos entes públicos se destinarán al Fondo de Pensiones para el Bienestar, tal y como lo propuso López Obrador.

Lo que se discutirá

El próximo martes se discutirá la iniciativa que pretende derogar los párrafos relativos al funcionamiento y atribuciones del INAI, en el artículo 6.

En tanto al párrafo donde se reconoce la autonomía de este organismo, se reformaría para indicar que los sujetos obligados deberán promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de acceso a la información pública y a la protección de datos personales.

“Las leyes en la materia determinarán los principios generales, así como la competencia de las autoridades de control interno y vigilancia u homólogos en el ámbito federal y local para conocer de los procedimientos de revisión contra los actos que emitan los sujetos obligados”, apunta el proyecto.

Por su parte, las adecuaciones al artículo 41 plantean que el INE tendrá competencia para conocer de los asuntos relacionados con el acceso a la información pública y la protección de datos personales a cargo de los partidos políticos.

Igualmente, este Instituto conocerá de los recursos de revisión que interpongan los particulares respecto de las resoluciones de los partidos políticos en los términos que establezca la ley.

Los cambios al artículo 123 establecen que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral tendrá la competencia para conocer de los asuntos relacionados con el acceso a la información pública de los sindicatos y conocerá de los recursos de revisión que interpongan los particulares respecto de las resoluciones de los mismos.

En lo relativo a Coneval, el proyecto plantea que se derogue en el artículo 26 el apartado C relativo a la estructura y funciones del Consejo.

También busca reformar el apartado B a fin de estipular que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) “también estará a cargo de la medición de la pobreza y la evaluación de los programas, objetivos, metas y acciones de la política de desarrollo social, así como de emitir recomendaciones en los términos que disponga la ley, la cual establecerá las formas de coordinación con las autoridades federales, locales y municipales para el ejercicio de estas funciones”.

Cofece e IFT

Asimismo, pretende reformar el artículo 28 para suprimir las referencias a la Cofece y transferir sus facultades al Ejecutivo Federal para que cumpla con el objetivo del Estado de garantizar la libre competencia y concurrencia, “a través de la dependencia encargada de formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país”.

También busca suprimir la mención al IFT y se establece que su objeto y facultades las tendrá el Ejecutivo Federal, a través de la dependencia encargada de elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión.

Así, el gobierno federal será la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones.

De avalarse, al Ejecutivo le corresponderá el otorgamiento, revocación y autorización de cesiones o cambios de control accionarios, titularidad u operación de sociedades relacionadas con concesiones. También fijará el monto de las contraprestaciones por el otorgamiento de las concesiones.

“Para garantizar la transparencia de las concesiones habrá un Sistema Nacional de Información de Infraestructura a cargo de la dependencia responsable de elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión del Gobierno Federal”, menciona el proyecto.

La iniciativa también instaura que las normas generales, actos u omisiones de las dependencias que tendrán las facultades de la Cofece e IFT “podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión”.

Solamente en los casos en que se impongan multas, desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, éstas se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo que, en su caso, se promueva.

“Los juicios de amparo serán sustanciados por jueces y tribunales especializados y en ningún caso se admitirán recursos ordinarios contra actos intraprocesales”, establece.

MEJOREDU, CRE y CNH

En lo referente a MEJOREDU se pretende anular la fracción IX del artículo 3, relativa a la estructura, funciones y facultades de la Comisión encargada de coordinar el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación.

Sobre la CRE y CNH, el proyecto busca modificar el artículo 28 que indica que el Poder Ejecutivo contará con los órganos reguladores coordinados en materia energética, denominados Comisión Nacional de Hidrocarburos y Comisión Reguladora de Energía, para quedar: “El Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia encargada de conducir la política energética del país, contará con atribuciones para llevar a cabo la regulación técnica y económica, así como la facultad sancionadora en materia energética y de hidrocarburos, en los términos que determine la ley”.

Respecto a los cambios al artículo 134, establecen que “los entes públicos ajustarán sus estructuras orgánicas y ocupacionales de conformidad con los principios de racionalidad y austeridad republicana, eliminando todo tipo de duplicidades funcionales u organizacionales, atendiendo a las necesidades de mejora y modernización de la gestión pública”.

Las adecuaciones legislativas que se realicen deberán considerar la eliminación de los organismos, unidades administrativas o estructuras que representen duplicidad de funciones, así como la integración de los órganos desconcentrados y descentralizados o unidades administrativas en las dependencias de la administración pública centralizada que puedan asumir su competencia”.

Es importante señalar que los cambios también definen que los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores, así como los que se susciten entre la Suprema Corte de Justicia y sus empleados, serán resueltos por el “Tribunal de Disciplina Judicial”.

Finalmente, sobre la integración del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, se busca cambiar la referencia del “Consejo de la Judicatura Federal”, por la de “Tribunal de Disciplina Judicial”.

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