La Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitirá el próximo 23 de mayo su resolución sobre el asalto a la embajada de México en Quito por parte de la policía ecuatoriana, a fin de arrestar al exvicepresidente Jorge Glas.

En un comunicado, el principal órgano judicial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) mencionó que el veredicto se dará a conocer durante una audiencia en el Palacio de la Paz de La Haya, que iniciará a las 15:00 hora neerlandesa (07:00 hora México)

El juez Nawaf Salam, presidente de la Corte, dará lectura a la Resolución”, detalló el tribunal.

Lo anterior se producirá luego de que el 11 de abril, el gobierno de México presentó una Solicitud en contra de Ecuador relativa a “derechos jurídicos”, cuestiones relativas a la solución de controversias internacionales por medios pacíficos y diplomáticos, relaciones públicas y la inviolabilidad de la misión diplomática.

El gobierno mexicano fundamentó en su recurso que el 5 de abril, alrededor de 15 agentes de operaciones especiales de Ecuador ingresó a la Embajada de México en Quito por la fuerza y sin autorización.

Abundó que, durante el incidente, el jefe de Cancillería, Roberto Canseco Martínez, “fue violentamente agredido por las autoridades ecuatorianas y se llevaron a Jorge Glas, introduciéndolo dentro de uno de los vehículos y saliendo de las instalaciones”.

Tras la denuncia, la Corte Internacional de Justicia llevó a cabo audiencias públicas los días 30 de abril y 1 de mayo, en las que las partes expusieron sus alegatos.

Exigencias de México

Cabe mencionar que las exigencias de México ante la Corte Internacional de Justicia son:

  1. Juzgar y declarar que Ecuador es responsable del daño que las violaciones de sus obligaciones internacionales han causado y siguen causando a México.
  2. La suspensión de Ecuador como integrante de la Organización de las Naciones Unidas en tanto no se emita una disculpa pública, reconociendo las violaciones a los principios y normas fundamentales del derecho internacional, con la finalidad de garantizar la reparación del daño moral infligido al Estado mexicano y a sus nacionales.
  3. Juzgar y declarar que, en caso de una violación de los principios de la Carta de las Naciones Unidas, similar a la cometida por Ecuador, la Corte Internacional de Justicia es el órgano adecuado judicial para determinar la responsabilidad de un Estado, a fin de iniciar el proceso de expulsión en virtud del artículo 6 de dicha Carta de las Naciones Unidas.
  4. Establecer el precedente de que cualquier Estado o nación que actúe como lo hizo Ecuador será expulsado en definitiva de la Organización de las Naciones Unidas con base en la evaluación prevista en el artículo 6 del mismo instrumento de la Canta de las Naciones Unidas.
  5. Es tan importante evitar la repetición de estos casos que el Tribunal Internacional de Justicia podrá presentar la expulsión del Estado que viole el Derecho Internacional de manera rápida y expedita ante el Consejo de Seguridad de la ONU, evitando veto de sus miembros.

Resolución sobre asalto a e… by Marco Mares Redacción

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