El Comité de Evaluación del Poder Judicial de la federación suspendió todas las actividades relacionadas con los preparativos para las elecciones de jueces, magistrados y ministros, que se efectuarán 2025, en acatamiento a una orden de un Juzgado de Distrito con sede Michoacán.
En este sentido, los cinco integrantes del Comité de Evaluación ya no seguirán adelante con la revisión de documentos y de requisitos de aspirantes que podrán contender para un cargo de juzgador en las elecciones extraordinarias de junio próximo.
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El Comité de Evaluación publicó un acuerdo la noche de este martes, en el que explica haber recibido una notificación del Juzgado Primero de Distrito de Michoacán, misma que ordena detener las actividades de los Comités de Evaluación de los tres poderes de la Unión y no solo del Judicial, esto es también de los poderes Ejecutivo y Legislativo.
Lo anterior, porque el Juzgado Primero de Distrito concedió una suspensión definitiva respecto a las normas generales —leyes secundarias— derivadas de la reforma al Poder Judicial, como parte de un juicio de amparo que está en trámite contra la reforma judicial.
El Juzgado Primero de Distrito otorga la suspensión definitiva a la parte quejosa en lo que termina de resolver el fondo del juicio de amparo.
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Asimismo, el Juzgado dio un plazo de 48 horas a los Comités de Evaluación de los tres poderes de la Unión para que cumplan con la suspensión de todas las actividades relacionadas con la preselección de los candidatos de jueces, magistrados y ministros.
“Se concedió la suspensión definitiva respecto de las normas generales —leyes federales y/o secundarias— que pudieran derivar de la obligación de legislar, impuesta en el artículo octavo transitorio, párrafo primero, del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma al Poder Judicial de sustancias el proceso legislativo correspondiente, las normas generales que resulten de tales actos legislativos no se apliquen en la esfera jurídica de las personas juzgadoras federales, integrantes de la parte quejosa”, menciona el acuerdo del Poder Judicial.
Asimismo, se advierte que se impondrá a cada integrante de dichos Comités, multa de 1,000 Unidades de Medida y Actualización, equivalente a 107,570 pesos.
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En cumplimiento a dicho mandato, el Comité de Evaluación del Poder Judicial determinó suspender actividades, en tanto no se revoque o modifique la referida medida cautelar.
“Importa destacar que no pasa inadvertida la sentencia dictada el 18 de noviembre de 2024 por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-AG-632/2024 y acumulados, notificada a este Comité de Evaluación el 26 de noviembre del año indicado, ya que, por una parte, se trata de una determinación previa a la que ahora se acata y emitida en una jurisdicción constitucional diversa a la del juicio de amparo y, por otra parte, no corresponde a este Órgano Colegiado cuestionar lo determinado por un Juez de Distrito, titular de la potestad judicial del Estado Mexicano”, detalla el acuerdo del Comité.
El acuerdo completo se puede consultar aquí.
GC