El Servicio de Administración Tributaria (SAT) concedió a las empresas que, a lo largo de este primer trimestre, puedan obtener por sí mismas los datos fiscales de sus trabajadores para emitir sus recibos de sueldos, mediante la factura electrónica 4.0, y sin necesidad de que los empleados tengan que presentar su constancia de situación fiscal.
Las empresas podrán ingresar al sitio de internet del SAT y solicitar los datos fiscales de sus trabajadores, pero por única ocasión, hasta el 31 de marzo de 2023.
Si bien desde enero de 2022 entró en vigor la factura electrónica 4.0, para la expedición de comprobantes fiscales de compra-venta de servicios, pago de honorarios, pago de sueldos y otros propósitos, los contribuyentes se han rezagado en su cumplimiento debido a problemas técnicos y porque la nueva factura exige datos fiscales adicionales.
Te puede interesar: SAT elevó 56% la atención de trámites presenciales en 2022
La expedición de los nuevos comprobantes fiscales exige, que tanto el emisor como el receptor, sean personas físicas o morales, deberán anotar además de su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y su nombre completo, su domicilio fiscal completo, su régimen fiscal y el uso que dará a la factura, entre otros datos.
En el caso de la gestión de nómina o pago de sueldos y salarios al personal, los trabajadores tenían la obligación de actualizar sus datos fiscales completos en el sistema del SAT y proporcionárselos a su patrón o empleador, a través del documento conocido como constancia de situación fiscal.
Sin embargo, ante la abrumadora demanda de trabajadores que han intentado concurrir a las oficinas fiscales del SAT para solicitar su constancia y las dificultades que han tenido los empleados que, por sí mismos, han tratado de actualizar sus datos y obtener su constancia en el sitio de internet del SAT, esta dependencia flexibilizó sus criterios y desde el 1 de enero de este año autorizó a las empresas a conseguir por sus propios medios los datos fiscales de sus trabajadores para utilizarlos en la elaboración de los recibos de sueldo.
“La administradora general de Servicios al Contribuyente, Andrea Hernández, expuso al Consejo Coordinador Empresarial (CCE) la facilidad mediante la cual podrá solicitarse a través de nuestro portal la información necesaria para un correcto timbrado de nómina”, informó el SAT a través de su cuenta de Twitter.
Te puede interesar: ¡Qué alivio! Factura electrónica 4.0 será obligatoria hasta el 1 de abril de 2023
“Los requisitos para utilizar la versión del CFDI 4.0 podrán gestionarse, por cualquier empleador, por única ocasión a través del portal del SAT hasta el 31 de marzo”, agregó el SAT.
La dependencia informó a las personas físicas y morales que pueden ingresar al sitio www.sat.gob.mx, a través del cual deberán ingresar a la sección de “Asistencia por internet” y de allí ingresar a “Portal personal o Mi portal”.
Posteriormente, habrá que ingresar a la opción “Servicios por internet / Servicio o bien Solicitudes / Solcitud”, en donde el interesado tendrá que gestionar el trámite “Solicitud datos trabajadores”. El sistema del SAT generará un folio con el cual se podrá consultar posteriormente el resultado de la consulta de datos.
Esta respuesta tendrá que liberarse en un plazo de 10 días hábiles.
GC