Ante las dudas, quejas y críticas que ha causado la aprobación de un conjunto de 20 reformas el fin de semana pasado en el Senado de la República, la Secretaría de Economía defendió la reforma correspondiente a la industria minera, al considerar que contiene elementos valiosos para la protección ambiental y de las comunidades rurales, además de que no atenta contra los tratados internacionales firmados por México.

La Secretaría de Economía, cabeza de sector de la industria minera, difundió este jueves una serie de comentarios para explicar en qué consisten las enmiendas aprobadas a la Ley Minera, Ley de Aguas Nacionales, Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos.

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Mientras corre el trámite para la publicación del dictamen avalado por los senadores en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia federal aseguró que la legislación minera tenía más de 30 años de no actualizarse, de ahí que las reformas recién aprobadas ponen a México en línea con las tendencias internacionales, en la protección del medio ambiente y derechos de las comunidades, además de que son congruentes con los tratados internacionales.

La Secretaría de Economía explicó que, a partir de las enmiendas, el Estado mexicano asumirá de manera exclusiva las labores de exploración de minerales en territorio nacional, una facultad que estará a cargo del Servicio Geológico Mexicano.

Aclara que los particulares, si bien no estarán facultados, sí podrán proporcionar información a la Secretaría de Economía sobre la presunta existencia de minerales en algún espacio específico. A partir de este aviso, las empresas podrán establecer un convenio de colaboración con el Servicio Geológico Mexicano para hacer trabajos de exploración.

Si se confirmara la presencia de recursos minerales, los particulares que contribuyeron a las tareas de exploración tendrán derecho a participar en un concurso para adjudicarse la concesión de explotación minera, pero siempre que hagan una oferta 90% superior a la propuesta más alta.

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Un aspecto clave es el referente a las concesiones mineras.

La reforma redujo de 50 a 30 años las concesiones mineras para los privados, con derecho a una prórroga por 25 años adicionales.

Sin embargo, la Secretaría de Economía aclaró que esta prórroga estará “condicionada a no haber incurrido en causal de cancelación. De igual manera deberán tener autorizaciones de todas las autoridades que se encuentren involucradas, como la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la Comisión Nacional del Agua (Conagua) e, incluso, de las autoridades de orden estatal y municipal”.

En materia de concesiones de agua, para actividades mineras, la reforma establece que se extiende la duración de la concesión de agua conforme a la duración de la concesión minera. Sin embargo, se aclara que a pesar de haberse otorgado la concesión de agua, la autoridad podrá exigir que disminuya la utilización del agua o incluso estará habilitada para cancelar la concesión.

Lo anterior, en el caso de que la comunidad en donde se ubiquen las instalaciones mineras enfrenten problemas de escasez.

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La reforma en materia minera también permite a las autoridades emprender “juicios de lesividad”, por medio de los cuales se puede revertir una resolución otorgada a una empresa minera con anterioridad, pero que vaya en contra de lo que dice la Ley Minera o que provoque “daños a la nación”.

El gobierno mexicano solo podrá liberar concesiones mineras a favor de privados en proyectos de explotación de minerales, a través de concursos públicos o licitaciones que convocará en el futuro la Secretaría de Economía.

Las empresas tendrán derecho a explotar más de un tipo de mineral que se encuentre presente en los terrenos donde tienen permitidas sus actividades, pero siempre que esos recursos estén mencionados en los títulos de concesión.

Si las compañías encuentran nuevos minerales distintos a los que tienen autorizados originalmente, tendrán que solicitar una ampliación de su título de concesión para extraerlos.

La reforma, que ha sido cuestionada por el sector privado debido a que cambia sustancialmente las condiciones de operación respecto al momento actual, establece que las entidades públicas estarán facultadas para hacer labores de exploración y extracción de minerales.

El trato para las entidades públicas será particular, ya que podrán recibir una “asignación” de manera directa, sin concurso y, por tiempo indefinido, pero únicamente en el caso de minerales reservados para el Estado, como son el litio o el uranio.

Lo anterior tiene una dedicatoria para Litio Mx, una empresa de gobierno, que se creó para explotar el litio el país.

Otro cambio sustantivo consiste en las utilidades que deben pagar las empresas mineras a las comunidades rurales donde operen, como contraprestación por desempeñar sus actividades económicas. Estas contribuciones bajarán de 10% a 5% como mínimo de las utilidades netas que obtenga la compañía.

GC