La reforma que evita impugnar las reformas constitucionales (“supremacía constitucional”) aumenta la probabilidad de que se recorte la calificación crediticia de la deuda soberana de México en los próximos meses, advirtió Banco BASE.
En un análisis, la institución financiera resaltó que este cambio a la Constitución deteriora el perfil institucional de México, lo que eleva la aversión al riesgo en el país. De ahí el riesgo de recortes a la calificación crediticia de la deuda soberana de México.
El comentario de BASE se produjo luego de que la víspera, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló con mayoría calificada, en lo particular y en sus términos, el dictamen que reforma el artículo 107 y adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Carta Magna, en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución federal.
La reforma evitará impugnar las reformas constitucionales. Además, establece que cualquier recurso pendiente sobre la validez de la reforma queda sin efecto.
Durante su discusión, diputadas y diputados de Morena, PAN, PT, PRI y MC presentaron propuestas de modificación, mismas que fueron retiradas o no se admitieron a discusión y, por lo tanto, se dieron por desechadas.
No obstante, sí quedaron en términos del dictamen reservas a los artículos 105 y 107, así como los artículos primero y segundo transitorios. Se determinó adicionar un quinto párrafo al artículo 105 que dice: “Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución”.
En tanto, la reforma al primer párrafo de la fracción II del artículo 107 constitucional, añade que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución”.
De esta forma, el texto quedó: “las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo solo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda. Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales. No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.
Cabe mencionar que, en los artículos transitorios se indica que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y establece que los asuntos que se encuentren en trámite deberán resolverse conforme a las disposiciones contenidas en el presente decreto.
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