El gobierno federal conminó a los empresarios del país a evitar la práctica de despedir personal en el mes de diciembre, para recontratarlo en el mes de enero, en aras de reducir los costos laborales por el pago de las compensaciones de fin de año e impedir el aumento de la antigüedad en el empleo.
“Históricamente” existen patrones que dan de baja trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) en el mes de diciembre y después vuelven a contratarlos en el mes de enero, lo que constituye “una baja injustificada” de la plantilla de personal, informó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
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Los patrones causan un perjuicio a sus trabajadores al aplicar “bajas injustificadas”, ya que “impactan negativamente en la continuidad de los derechos laborales, de seguridad social y de vivienda”, refirió la dependencia en un comunicado.
Una prueba de esta práctica es que en los meses de noviembre y diciembre de 2023, el IMSS registró “la baja” de 385,000 asalariados cotizantes, 69% de los cuales fueron contratados como trabajadores permanentes.
La STPS reconoció que existen contratos laborales temporales que son legítimos, como es el caso de los empleados que ingresan a los establecimientos comerciales para la temporada de Navidad y Reyes Magos, pero después son despedidos porque disminuyen las ventas de las tiendas.
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Sin embargo, el hecho de que varios de los trabajadores desincorporados de las empresas en diciembre y luego recontratados por ellas mismas en enero sean empleados permanentes indica que las empresas sí necesitan a esos trabajadores por tiempo indeterminado, pero incurren en una “práctica totalmente irregular”.
En este sentido, la STPS, el IMSS y el Infonavit enviaron cartas a los patrones que han sido identificados por aplicar “bajas injustificadas”, para que eviten en lo sucesivo incurrir en esta conducta, ya que constituye una violación a los derechos laborales y una evasión de las obligaciones patronales en material laboral y de seguridad social, tales como pago de aguinaldo y de vacaciones.
De acudir recurrentemente a esta práctica, la STPS advirtió que las empresas pueden hacerse acreedoras a sanciones administrativas y fiscales.
GC