El gobierno federal obtuvo un fallo favorable en el arbitraje internacional que promovieron los fondos estadounidenses Cyrus Capital Partners, L.P. y Contrarian Capital Management, L.L.C. por un conflicto relacionado con bonos de deuda de TV Azteca.
El procedimiento se desahogó ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), dependiente del Banco Mundial (BM) y especializado en controversias entre inversionistas y Estados, donde los demandantes reclamaban una indemnización superior a 219 millones de dólares (mdd), al amparo del antiguo Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
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La diputa comenzó en 2023, cuando ambos fondos afirmaron tener la calidad de inversionistas estadounidenses en México debido a que, mediante filiales constituidas en las Islas Caimán, adquirieron bonos emitidos por la televisora, informó la Secretaría de Economía, a través de un comunicado.
Con ese argumento denunciaron ante el CIADI que una resolución de un juzgado del Poder Judicial de la Ciudad de México, relacionada con los bonos de deuda de TV Azteca, les generó graves afectaciones económicas, por lo que responsabilizaron de estos perjuicos al Estado mexicano.
El origen de la controversia se remonta a 2017, cuando TV Azteca colocó bonos en los mercados internacionales. Años después dejó de cubrir sus obligaciones financieras y, en 2022, un juzgado civil de la capital del país concedió a la empresa una prórroga para suspender los pagos al considerar que la pandemia de Covid-19 constituyó un caso de fuerza mayor. Esa determinación motivó la inconformidad de los tenedores de los bonos.
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Desde el inicio del procedimiento, la defensa mexicana argumentó que el mecanismo de arbitraje previsto en el TLCAN no resultaba aplicable, porque el conflicto correspondía a una disputa entre particulares y que el gobierno federal no tenía intervención en la relación jurídica entre los fondos y TV Azteca. También expuso que la reclamación presentaba deficiencias jurídicas que impedían al tribunal entrar al estudio del fondo.
Después de hacer las valoraciones del caso, CIADI resolvió el 30 de julio, por unanimidad, que Cyrus Capital Partners y Contrarian Capital Management no podían ser considerados inversionistas protegidos por el TLCAN y que tampoco acreditaron contar con una inversión en los términos establecidos por ese Tratado.
En este sentido, la institución arbitral concluyó que carecía de jurisdicción para conocer del caso, desestimó por completo la demanda y ordenó a ambos fondos cubrir una cantidad a favor de México por gastos y costos del arbitraje, cuyo monto no fue revelado.
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La Secretaría de Economía informó que el laudo permanece en revisión para identificar información confidencial susceptible de protección.
Una vez concluido ese proceso, el documento se publicará en el sitio de internet del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, donde también quedará disponible la información relacionada con el expediente.
GC





