El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) presentó un recurso de queja ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el decreto que publicó este jueves el gobierno federal para declarar como asuntos de “seguridad nacional” e “interés público” los proyectos del Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y los aeropuertos de Palenque, Tulum y Chetumal.
El INAI advierte que la publicación del decreto viola la suspensión otorgada por la misma SCJN, como parte de una controversia constitucional que aceptó a trámite en diciembre de 2021, contra un decreto anterior, publicado en noviembre de 2021, que declaró como asuntos de “seguridad nacional” e “interés público” todas las obras públicas y de infraestructura del gobierno federal.
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El INAI fue quien interpuso ese recurso de controversia constitucional ante el Máximo Tribunal del país, al considerar que el decreto de noviembre de 2021 implica que la información relacionada con esas obras públicas se debe clasificar como reservada y que, por tanto, se cancela el derecho de los ciudadanos para conocer todo lo relacionado con esos proyectos y que además se interfiere en las facultades del INAI como institución garante de la transparencia.
“Al admitir la controversia constitucional, la SCJN determinó procedente la suspensión de todos los efectos y las consecuencias del Acuerdo, ya que su ejecución implicaría una restricción al derecho a saber, pues la información derivada de esos proyectos y obras podría ser considerada también reservada por seguridad nacional e interés público”, comentó el organismo en un comunicado.
En seguimiento a la controversia constitucional que interpuso el INAI en diciembre de 2021, el pleno de la SCJN sesionó ayer para discutir y someter a votación un proyecto de sentencia, el cual consistió en invalidar el decreto de noviembre de 2021, por considerar que efectivamente se niega a los ciudadanos el derecho a conocer la información sobre las obras públicas del gobierno federal, además de que se impide al INAI su intervención como institución experta que puede decidir qué información del gobierno se puede difundir y qué información es conveniente reservarse.
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La resolución del Máximo Tribunal del país obtuvo voto mayoritario de ocho ministros, aunque se informó que los alcances legales de la sentencia todavía tenían que detallarse, lo cual ocurrirá en la sesión del pleno del próximo lunes.
En respuesta a esta resolución, el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó el decreto de ayer, en el que nuevamente declara como asuntos de “seguridad nacional” e “interés público” sus obras de infraestructura, aunque acota la declaratoria a los cinco proyectos antes mencionados.
Sin embargo, el INAI considera que el gobierno federal nuevamente se equivoca al publicar su segundo decreto.
“Tras un análisis detallado del contenido, el INAI concluye que el decreto publicado ayer por el presidente de la República se encuentra en los mismos términos del acuerdo de noviembre de 2021 y, en ese sentido, viola la suspensión otorgada por el Máximo Tribunal, lo cual podría representar una restricción al acceso a la información relacionada con esas obras como el Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, y los aeropuertos de Palenque, Chetumal y Tulum”, refirió el INAI en su comunicado.
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Debido a que “la controversia constitucional no ha sido resuelta en su totalidad”, la suspensión que concedió la SCJN en diciembre de 2021 todavía está vigente y debe ser respetada por el Poder Ejecutivo, de modo que el decreto de ayer no tiene sustento jurídico, insistió el organismo de transparencia.
La suspensión no terminará hasta que el Alto Tribunal concluya los alcances de su sentencia en su sesión del próximo lunes.
En su comunicado, el INAI comentó que, además de presentar hoy el recurso de queja, también solicitó al Máximo Tribunal del país que extienda los efectos de la sentencia de la controversia constitucional sobre el decreto de 2021, al decreto que se publicó ayer.
Lo anterior, “debido a la similitud existente, toda vez que en ambos se catalogan como de seguridad nacional e interés públicos las obras de infraestructura a cargo del gobierno federal, lo cual afecta el derecho a saber de la sociedad”.
GC