El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a Petróleos Mexicanos (Pemex) hacer público el contrato del equipamiento redundante para ampliar la capacidad de los hubs satelitales que permiten mejorar sus telecomunicaciones en el territorio nacional.
La instrucción incluye los anexos del convenio para la adquisición, instalación, configuración y puesta en operación de la tecnología, así como dar a conocer la justificación de excepción al concurso abierto de dicho contrato.
Este hub satelital es una estación que se emplea para retransmitir servicios de datos, voz y video, es decir, se trata de nodos que conectan satélites con redes de comunicación terrestres.
La orden nace de la petición que hizo un particular a Pemex de dicha información. La petrolera respondió a la persona solicitante poniendo a su disposición una versión impresa del contrato de 33 páginas, y para acceder a éste, se le exigió hacer un pago previo por los costos de reproducción en copias simple o copias certificadas, ofreciendo para ambas modalidades la gratuidad de las primeras 20 hojas.
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También se podía hacer una consulta directa, así como su envío por correo certificado previo pago del costo correspondiente, lo que causó la inconformidad de quien pidió esa información, que interpuso un recurso de revisión ante el INAI, ante quien denunció que Pemex le cambio la modalidad de entrega de la información.
En el análisis del caso, la comisionada Josefina Román Vergara apuntó que el contrato, marcado con el número SAP 4200133718, de acuerdo con la Ley General de Transparencia, debe estar disponible para cualquier persona, como parte de las obligaciones de transparencia de la paraestatal.
“La información solicitada corresponde a un contrato, por tanto aún y cuando el sujeto obligado informó que únicamente obraba en sus archivos en formato físico, esos documentos corresponden a una obligación de transparencia que están en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia, en el apartado de obligaciones de transparencia común, y además, no resultó procedente el cambio de modalidad señalado por Pemex; esa información debe mantenerse publicada y actualizada en la Plataforma Nacional de Transparencia.
“Por unanimidad, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de Pemex y le instruyó hacer público el contrato”.