La Secretaría de Economía estableció las fechas para que los importadores de azúcar y preparaciones alimenticias tramiten el Permiso Previo de Importación, que será necesario para realizar el despacho aduanero de las mercancías sujetas a esta regulación a partir del 28 de septiembre de 2026.
En un comunicado, la dependencia precisó que dio a conocer el calendario en seguimiento al acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de mayo de 2026, mediante el cual se modificaron las reglas y criterios de comercio exterior para establecer el Permiso Previo de Importación de azúcar y preparaciones alimenticias.
Abundó que, como primer paso, este 21 de agosto de 2026 los interesados podrán iniciar ante el Centro Nacional de Metrología (CENAM) el proceso para obtener el Informe de Atestación o Informe de Cumplimiento.
Después, el 31 de agosto de 2026 estará disponible en la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (VUTCE) el apartado para presentar las solicitudes del permiso previo de importación.
La fecha límite establecida por la Secretaría de Economía es el 28 de septiembre de 2026, cuando será obligatorio contar con el permiso previo para realizar el despacho aduanero de las mercancías sujetas a esta regulación.
La dependencia recomendó a los importadores tomar en cuenta estas fechas y los plazos necesarios para obtener el Informe de Atestación o Informe de Cumplimiento y posteriormente tramitar el permiso previo, con el objetivo de contar con la autorización antes de que sea exigible en aduana.
Para obtener información adicional o realizar alguna consulta, los interesados podrán escribir al correo electrónico [email protected].
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