Algunos trabajadores del país han visto que sus recibos de sueldos tienen registrados supuestos planes de pensiones o de ahorros para la jubilación, pero que en realidad no lo son, sino que simplemente se trata de sus salarios.

Los patrones o empleadores que incurren en esta práctica, lo que hacen es ocultar el sueldo completo que realmente pagan a sus trabajadores, en aras de reportar un salario base de cotización más bajo ante la seguridad social y, de esa manera, evadir impuestos, así como reducir las aportaciones obrero-patronales a la seguridad social, entre otras, informó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Te puede interesar: ¡Que no te pase! Empresas simulan esquemas de pensiones para evadir impuestos de nómina

Acudir a estas prácticas constituye un fraude a la ley, en perjuicio de los trabajadores, de la autoridad fiscal y también de las instituciones de seguridad social, advirtió el IMSS.

“Estas prácticas afectan directamente los derechos de las personas trabajadoras y ponen en riesgo su estabilidad económica y la de sus familias, pues la pensión, dada su naturaleza, debe otorgarse al momento del retiro de la vida laboral, garantizando así la percepción de un ingreso que permite mantener un nivel de vida digno”, refirió el Instituto a través de un comunicado.

Con el propósito de apoyar a los trabajadores y de contribuir a un cumplimiento adecuado de las leyes laborales y fiscales, el Consejo Técnico del IMSS aprobó el acuerdo número 01/2023/NV/SBC-LSS-27-VIII (DOF; 08/06/2023), relativo a la exclusión del concepto de aportaciones a fondos de planes de pensiones en la integración del salario base de cotización.

Conforme a este acuerdo, el Consejo Técnico del IMSS estableció que cometen una grave falta a la ley los patrones, empresas o sujetos obligados, que incurran en las siguientes  acciones.

1 Entregar a los trabajadores cantidades en efectivo, vía nómina o cualquier otra forma, clasificadas como “planes de pensiones, pensión de subsistencia, pensión de sobrevivencia, jubilaciones, renta vitalicia, fondo de pensión o previsión social”, con la intención de acreditar un salario base de cotización menor para el pago de las aportaciones de seguridad social.

2 Excluir del salario base de cotización las aportaciones que se realicen para constituir fondos de planes de pensiones, sin cumplir con los requisitos establecidos en la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

3 También falta a la ley quien aconseje o asesore a las empresas para hacer pasar parte de los sueldos pagados a los trabajadores como planes de pensiones.

4 Igualmente se responsabilizará a los contadores que emitan opiniones de cumplimiento de la seguridad social como adecuada o “sin salvedades” de las empresas que cometan las faltas mencionadas.

Por lo anterior, el IMSS exhortó a los patrones, personas morales o sujetos obligados a “no incurrir en estas prácticas indebidas en materia de seguridad social, lo que además les evita ponerse en riesgo o incurre en responsabilidad”.

GC