En la Cámara de Diputados circuló este lunes un borrador con modificaciones a la minuta sobre la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) en materia de vacaciones de los trabajadores, proyecto también conocido como “vacaciones dignas”, el cual se espera someter a análisis y votación mañana en comisiones, para turnarlo al pleno esta misma semana.
La Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara baja citó a una sesión este martes para discutir y aprobar las modificaciones que se hicieron al dictamen y que, en lo principal, establece que los trabajadores sí podrán gozar de 12 días como vacaciones pagadas desde el primer año de prestar sus servicios en una empresa, pero con la salvedad de que no necesariamente tendrán que ser continuos sino que los días de descanso pueden diferirse en el año.

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El borrador refiere que, de manera obligatoria, el patrón tendrá que otorgar seis días continuos de vacaciones a sus trabajadores desde el primer año de su contratación, y que los otros seis días se puedan disfrutar en otros periodos del año, mediante acuerdo entre patrón y trabajador.
El dictamen que recibieron los diputados de la Cámara de Senadores, la cámara de origen de la “ley de vacaciones dignas”, establecía que la cantidad mínima de vacaciones que se deben otorgar en el mercado laboral es de 12 días pagados y que además tiene que disfrutarse de manera continua.
La nueva redacción que proponen los diputados refiere que: “Las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de seis días de vacaciones en forma continua, del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley”.
También se incorporó este párrafo: “En todo caso, las personas trabajadoras tendrán la potestad de pactar con el patrón la forma y tiempos en el que disfrutarán los días de vacaciones que tengan a su favor, ya sea continua o parcial”.
La reforma de “vacaciones dignas”, que aprobaron los Senadores y que ahora discuten los diputados, modifica los artículos 76 y 78 de la LFT, con la intención de extender el tiempo que como mínimo puede descansar un trabajador desde el primer año de servicio en una empresa.
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En el primer año de trabajo, el empleado tendrá derecho a 12 días y, a partir del segundo año de antigüedad, el tiempo de vacaciones aumentará dos días cada año subsecuente. De modo que al quinto año de servicios en la misma empresa, el trabajador gozará de 20 días de descanso mínimo.
A partir del sexto año, el trabajador tendrá derecho a dos días adicionales cada vez que acumule cinco años de antigüedad en el mismo establecimiento.
Actualmente, el descanso mínimo previsto en la LFT es de seis días de vacaciones pagadas.
De ser aprobada en la Cámara baja esta semana, la reforma en materia de vacaciones entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023.
Sin embargo, los legisladores trabajarán contra el reloj, ya que el periodo ordinario de sesiones concluye el próximo 16 de diciembre y, en caso de agotarse el tiempo, tendrían que convocar a un periodo extraordinario para poder someter a votaciones la reforma.
En los últimos días, organizaciones empresariales como la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) han manifestado sus inquietudes sobre la entrada en vigor de esta forma, al considerar que el aumento de seis a 12 días de vacaciones significará un elevado costo para las empresas, por lo que sugerían que se dejara abierta la opción para que los 12 días pudieran disfrutarse de manera diferida mediante negociación entre empresas y trabajadores.
(Con información del diario El Financiero)
GC