Un juzgado federal concedió a Afore Azteca suspender de manera provisional la entrada en vigor de la disposición que establece un tope máximo a las comisiones que tendrán permitido cobrar las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro (Afore) durante 2022 y que se fijó en 0.57%.

Si bien Afore Azteca es el beneficiario directo de la resolución, porque promovió un recurso de amparo en contra del tope a las comisiones, queda pendiente saber si la resolución judicial tiene aplicación para el conjunto de las 10 Afore existentes en el país, según un reporte publicado este jueves por el diario Reforma.

El Juzgado Primero de Distrito Especializado en Competencia Económica, cuyo titular es Rodrigo de la Peza, decidió otorgar la suspensión provisional a reserva de ordenar o negar una suspensión definitiva en una próxima fecha, que es el 15 de diciembre.

Asimismo, en ese momento podrá aclararse si esta determinación tiene efectos generales, es decir que pueda beneficiar a las demás Administradoras.

La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) publicó el 26 de octubre pasado un acuerdo que establece el método con el que se fijarán las comisiones máximas que estarán autorizadas las Afore a cobrar a los trabajadores por la gestión de sus ahorros en 2022 y que se establecieron en 0.57%, cuando actualmente el límite máximo es de 0.80%.

La disposición causó sorpresa y desconcierto entre las Afore, al considerar que el nuevo tope a las comisiones representa un cambio drástico que afectará sus costos de operación, pero la mayoría decidió allanarse al acuerdo de la Consar.

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Sin embargo, Afore Azteca interpuso un recurso de amparo, que de momento ha logrado avanzar hasta conseguir una suspensión provisional.

“Se concede la suspensión provisional solicitada para el efecto de que se paralice la implementación de la adición del párrafo octavo al artículo 37 de la Ley de Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR)… conforme al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2020″, ordenó el juez citado por el periódico.

Sobre la resolución del Juzgado Primero de Distrito, la Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro (Amafore) ha comentado este jueves que falta por conocer con exactitud los alcances que tiene una eventual suspensión definitiva, es decir si solo otorga un beneficio a Afore Azteca o bien a todo el sector.

Además, la suspensión interrumpe de manera temporal la entrada en vigor del tope máximo de 2022 en lo que el juez atiende el fondo del asunto, es decir en lo que emite una sentencia para conceder o negar el amparo de la justicia a la parte actora, que es Afore Azteca.

Bernardo González, presidente de la Amafore, ha comentado a la prensa en el transcurso de hoy que, en caso de que el juez conceda la suspensión definitiva y que la resolución llegara a tener alcances generales, lo que sucederá es que las Afore tendrán margen para quedar de acuerdo con la Consar en la posibilidad de establecer otro límite a las comisiones que regirán en 2022. (Con información de Reforma y Expansión)