La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a la televisora de Ricardo Salinas Pliego, TV Azteca, en relación a un adeudo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con la dependencia de la Administración Pública Federal, la productora de contenido tiene un adeudo de 2 mil 447 millones 748 mil 540.35 pesos por contribuciones omitidas del impuesto sobre la renta (ISR) del ejercicio fiscal del 2009, más actualización, recargos y multas.

Este miércoles, en una decisión unánime, la Segunda Sala de la SCJN confirmó un amparo a la empresa de Grupo Salinas, lo que da pie a que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) revise nuevamente si el adeudo de la televisora es el señalado.

“La justicia de la Unión ampara y protege a TV AZTECA, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, en contra de la autoridad y el acto reclamado, para los efectos precisados en la sentencia recurrida”, señala la sentencia del amparo directo en revisión 1720/2021.

¿Cómo se llegó hasta esta instancia?

De acuerdo con los antecedentes expuestos en el documento, en 2013, el SAT citó a Enrique Andrade Gutiérrez, contador público registrado, para la revisión de los papeles de trabajo presentados con motivo del dictamen de estados financieros de TV Azteca, respecto del ejercicio fiscal de 2009.

En 2014 y 2015, la autoridad fiscal federal pidió a la televisora diversa documentación e información respecto al año fiscal indicado, solicitud que respondió la compañía de Salinas Pliego.

En septiembre de 2015, el SAT le informó a la cadena de televisión, a través de su representante legal, los hechos y omisiones detectados “con motivo de las facultades de comprobación ejercidas respecto al 2009.

Tras lo anterior, el 1 de abril de 2016, el SAT emitió la resolución determinante correspondiente, en la cual estableció un crédito fiscal a cargo de TV Azteca, por la suma de 2 mil 447 millones 748 mil 540.35 por contribuciones omitidas del impuesto sobre la renta, actualización, recargos y multas.

En respuesta, Azteca presentó en mayo de ese año un recurso de revocación en contra de la resolución determinante precisada, que fue resuelto hasta diciembre de 2017 con la confirmación de la resolución.

Por ello, en febrero de 2018, la televisora del Ajusco promovió un juicio de nulidad a afecto de impugnar la resolución, por lo que la demanda fue turnada a la Primera Sala Regional Metropolitana del ahora TFJA, pero dada “la cuantía del asunto”, la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa atrajo el juicio.

A finales de 2019, los Magistrados de dicha Sección, resolvieron dar validez de la resolución impugnada.

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Entonces, TV Azteca promovió un juicio de amparo directo aseverando que era víctima de inconstitucionalidades.

En enero de 2021, dicho juicio fue resuelto en el sentido de otorgar el amparo solicitado, pero la autoridad fiscal federal interpuso un recurso de revisión, el cual fue remitido a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Tras el análisis, hoy, la Segunda Sala de la Suprema Corte resolvió confirmar la sentencia recurrida y concedió el amparo a TV Azteca.

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