Plataformas digitales y organizaciones del sector privado expresaron su preocupación sobre una posible resolución, que en breve emitirá la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que considerará como legal el cobro de un impuesto a las empresas de reparto que funcionan con aplicaciones móviles en el territorio de la Ciudad de México.
Se trata del aprovechamiento de 2% sobre comisiones de las plataformas digitales de entrega y reparto a domicilio por uso de la infraestructura de la Ciudad de México, que se determinó en el artículo 307 TER del Código Fiscal de la capital del país.
Te puede interesar: Banorte integró Dimo a su app; clientes podrán enviar y recibir dinero con su número celular
La nueva obligación fue aprobada por el Congreso de la Ciudad de México a fines de 2021 y entró en vigor en enero de 2022. Desde entonces, las empresas llamadas a pagar el aprovechamiento han emprendido diversas acciones legales para defenderse. Sus alegatos han sido impugnados por el gobierno capitalino, de ahí que esta controversia llegó hasta el Máximo Tribunal del país, en donde está por emitirse una resolución que puede darle la razón a la Ciudad de México.
Los afectados consideran que esa “contribución es discriminatoria, discrecional y dañará a los consumidores y usuarios por un fin meramente recaudatorio”, expusieron en un comunicado conjunto la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin) y la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac).
También firmaron el documento las empresas DiDi, Rappi y Uber Eats, las principales marcas que realizan entrega de comida, ingredientes de cocina, así como compras de supermercado a los consumidores de la Ciudad de México.
La aplicación del aprovechamiento de 2% encarecerá los costos de producción del “ecosistema de la economía colaborativa”, entre los que se encuentran las plataformas digitales, así como restaurantes y tiendas –varios de ellos pequeños— y también “cientos de miles de repartidores”.
Te puede interesar: Rappi e Italika capacitarán a repartidores sobre seguridad vial
Actualmente, las entregas a domicilio representan 20% de las ventas de los restaurantes del país, aunque en algunos casos, la proporción es mayor, que alcanza hasta 80% de las ventas, refirió el comunicado.
Si bien las empresas de reparto que funcionan con aplicaciones móviles ya pagan impuestos, como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Sobre la Renta (ISR), que son contribuciones federales, el pago de un impuesto adicional en la Ciudad de México puede “generar una doble tributación”, que ocasionará “un potencial desequilibrio entre las obligaciones fiscales vigentes para las plataformas digitales”.
Las organizaciones empresariales y las tres compañías digitales de reparto de mercancía consideran que el impuesto de 2% no se cobra a otras empresas que prestan servicios similares –no mencionaron cuáles—, lo que constituye un “tributo discrecional” que “genera una cancha dispareja en el mercado”.
En este sentido, los firmantes del comunicado hicieron “un respetuoso llamado a la Segunda Sala de la SCJN a realizar un análisis integral que privilegie los derechos de todos los beneficiados con el uso de aplicaciones digitales”.
GC