El gobierno de México consideró improcedente la solicitud del gobierno de Estados Unidos para intervenir en el conflicto sindical en la Mina San Martín, de Grupo México, conforme  al marco laboral establecido en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), al explicar que el asunto data de hace 16 años, mucho antes de la entrada en vigor del Tratado, y también porque la unidad productiva no realiza exportaciones al mercado estadounidense.

En este sentido, el conflicto sindical no se quedará desatendido, sino que deberá procesarse por la vía judicial en México hasta alcanzar una solución definitiva.

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La oficina del Representante Laboral del gobierno de Estados Unidos solicitó el pasado 16 de junio a sus contrapartes de México que revisaran la situación laboral en la Mina San Martín, por la presunta denegación de los derechos de libertad sindical y contratación colectiva,  petición que se convirtió en la onceava denuncia contra nuestro país, a través del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC.

El promotor de esta denuncia es el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSSRM), que encabeza Napoleón Gómez Urrutia, quien reclama a Grupo México haber levantado la huelga que estalló legalmente en Mina San Martín en el año 2007 y también por haber firmado, en 2018, un contrato colectivo de trabajo con otro sindicato, cuando el SNTMMSSRM ha sido el representante de los trabajadores y titular de su contrato colectivo.

Hecha la solicitud de Estados Unidos, las secretarías de Economía (SE) y del Trabajo y Previsión Social (STPS) abrieron una etapa de consultas para analizar la situación y verificar si efectivamente puede apelarse al Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC para intervenir y encontrar una solución que atienda a los reclamos de la parte afectada.

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Sin embargo, las autoridades mexicanas dieron su contestación oficial este martes, en la que refieren que el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida no es aplicable a este caso, ya que el conflicto entre el SNTMMSSRM y Grupo México, con motivo de la Mina San Martín, comenzó en 2007, mientras que el T-MEC y todos sus capítulos y anexos entraron en vigor en julio de 2020.

“El conflicto se encuentra fuera del ámbito de aplicación del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida conforme al principio de irretroactividad de la ley. Lo anterior, dado que el conflicto de huelga inició en 2007 y los demás hechos que el SNTMMSSRM señala como causas de denegación de derechos sucedieron antes de la entrada en vigor del T-MEC en 2022”, explicaron la SE y la STPS en un comunicado conjunto.

La huelga que estalló el Sindicato de Gómez Urrutia reclamaba diversas violaciones a las condiciones de trabajo y se prolongó durante 11 años, cuando en 2018 se organizó una consulta entre los trabajadores, quienes eligieron al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Exploración, Explotación y Beneficio de Minas en la República Mexicana (SNTEBMRMIRM) como su nuevo representante legal, con quien Grupo México firmó un nuevo contrato colectivo.

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Inconforme con la situación, SNTMMSSRM ha impugnado por diversas vías la elección del nuevo sindicato y el levantamiento de la huelga, al acusar que la consulta de 2018 fue ilegítima y que, por tanto, Grupo México incurrió en delitos por haber reanudado la producción en Mina San Martín y por desconocerlo como titular del contrato colectivo de trabajo.

Las gestiones del Sindicato de Gómez Urrutia han fructificado, ya que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) emitió en junio pasado una resolución que revierte sus propios criterios y que le concede la razón al SNTMMSSRM, para recuperar su condición de titular del contrato colectivo de trabajo en la Mina San Martín.

“Después de 16 años de litigio, la JFCA emitió una resolución el 9 de junio de 2023, en la que dejó sin efectos el acuerdo dictado por esa misma autoridad el 23 de agosto de 2018, que daba por terminada la huelga a través de un convenio firmado entre Grupo México y una coalición de trabajadores”, informaron la SE y la STPS en su comunicado.

Congruente con esta resolución, el 14 de junio de 2023, “la JFCA resolvió el juicio de imputabilidad de la huelga, dictando un laudo en favor del SNTMMSSRM, el cual reconoce a este como titular del contrato colectivo, declarando como responsable de causar la huelga a Grupo México, condenándolo a pagar salarios caídos y prestaciones y dando por terminada la huelga”, agregó el comunicado.

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En este sentido, lo que falta es que las partes asuman las resoluciones de la JFCA para dar por concluido el conflicto sindical en la Mina San Martín, a reserva de que Grupo México se inconforme y haga efectivo su derecho a apelar el fallo, pero ya sin la intervención del marco legal del T-MEC.

“El gobierno de México concluye que el conflicto en la Mina San Martín está próximo a una resolución final en instancias judiciales mexicanas, al encontrarse fuera del ámbito de aplicación del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida”, concluyó el comunicado.

GC