La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) sancionó en febrero a Banco del Bienestar con dos multas de 253,470 pesos cada una, es decir, un total de 506,940 pesos.

Una de las sanciones se debió a “deficiencias en control interno”, luego de que en 2019 omitió notificar una contingencia operativa dentro del término establecido para tal efecto.

La otra fue producto de no haber enviado el análisis de la contingencia operativa dentro del plazo establecido.

Las sanciones pecuniarias, que fueron establecidas el 21 febrero de este año, pueden ser impugnadas por la institución financiera.

Hasta el momento no han sido pagadas.

Cabe mencionar que Banco del Bienestar no había sido multado desde 2021, cuando se le señalo por omitir, en 2017, conservar en los expedientes de identificación de algunos clientes personas físicas, como requisito para la apertura de las cuentas o celebración de contratos para realizar operaciones de cualquier tipo, diversos datos y documentos.

La clasificación de esta multa, de 377,450 pesos, fue “Prevención de lavado de dinero”.

Igualmente, se le impuso un castigo, de 365,200, por omitir en 2016 recabar (fungiendo como receptora de transferencias de fondos internacionales) el apellido paterno, apellido materno y nombre(s) sin abreviaturas, o la denominación o razón social completa según correspondiera, de la persona física o moral que hubiere ordenado la transferencia.

Ese mismo año también se le multó, con 150,980, porque en 2016 el sistema de información y gestión de crédito TCB (Temos Core Banking) no operó de acuerdo a las funciones establecidas en las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito.

En 2020 se le sancionó con 1,095,600 pesos por incumplir con las obligaciones relativas al proceso crediticio en 2016, cuando presentó diversas omisiones en la integración de expedientes de créditos al consumo, durante la vigencia de los créditos o incluso estando vencidos.

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