Tras la votación de los días 17 y 18 de agosto y tras haber recibido los informes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y del Instituto Nacional Electoral (INE), la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) resolvió dar por terminado el contrato colectivo de trabajo de los empleados sindicalizados de la planta de General Motors (GM) en Silao, Guanajuato, lo cual surtirá sus efectos legales a partir del próximo 3 de noviembre.
Con esa resolución, el Sindicato “Miguel Trujillo López” –perteneciente a la Confederación de Trabajadores de México (CTM)— perderá la representatividad de los trabajadores, pero antes tendrá que desahogar todos los asuntos que tenga pendientes derivados del contrato colectivo de trabajo firmado con la empresa y cumplir con sus obligaciones con los empleados hasta que se cumpla el término establecido.
Esta disposición atiende al resultado del recuento gremial que se celebró los días 17 y 18 de agosto entre los trabajadores de la planta de GM en Silao, correspondiente al trámite de legitimación del contrato colectivo de trabajo, informó este domingo la STPS en un comunicado.
Del total de empleados que participaron en el proceso, una mayoría de 3,214 votó en contra del contrato, mientras que 2,623 votaron a favor de ratificar el contrato. Según los reportes elaborados por el INE y de la OIT –que no se han hecho de conocimiento público—, el proceso transcurrió “de manera adecuada, pacífica y sin incidentes”, aseguró la dependencia.
Te puede interesar: Votación en General Motors sienta precedente para democratizar al sindicalismo mexicano: STPS
Por lo que hace a la empresa, la STPS refiere que GM tiene la obligación de respetar todos los derechos, sueldos y prestaciones que tengan los empleados, conforme a lo establecido en el contrato colectivo de trabajo. Lo único que cambiará es que las relaciones laborales se regirán, de ahora en adelante, por contratos individuales de trabajo.
Sin embargo, queda abierta la oportunidad para que los trabajadores decidan nuevamente organizarse y emplazar a huelga a la empresa por firma de un nuevo contrato colectivo de trabajo.
“Todo sindicato interesado deberá acreditar el respaldo mayoritario de los empleados y solicitar ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral una constancia de representatividad”, recordó la STPS en su comunicado.
Las autoridades del trabajo igualmente informaron que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) y la Inspección Federal del Trabajo se mantendrán atentas por si hubiera reportes de empleados que sean objeto de acoso, intimidación o despido injustificado en esta etapa de transición.
El Sindicato “Miguel Trujillo López” aceptó en su momento los resultados del recuento, pero también se quejó de la intromisión de supuestos sindicatos extranjeros que influyeron en el ánimo de los empleados de GM. Asimismo, ha dicho que puede solicitar nuevamente asumir la titularidad de un nuevo contrato colectivo de trabajo.
Por lo pronto, a fines de agosto pasado, se dio a conocer que el Sindicato Independiente Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Automotriz (SINTTIA) se constituyó formalmente y que ya obtuvo su registro ante las autoridades del trabajo.
Te puede interesar: Surge un nuevo sindicato en la planta de GM en Silao y quiere firmar un contrato colectivo
El gremio dijo que, una vez que la STPS validara los resultados del proceso celebrado los días 17 y 18 de agosto y que ratificara la terminación del contrato colectivo de trabajo, entonces iba a proceder a interponer un emplazamiento a huelga en contra de la planta de GM en Silao para firma de contrato colectivo de trabajo.
El conflicto sindical en la mencionada planta fue motivo para que el gobierno de Estados Unidos activara el Mecanismo de Respuesta Rápida, previsto en el Capítulo 23 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), para exigir al gobierno mexicano que atendiera el asunto con el argumento que de presuntamente se ha denegado el derecho a la contratación colectiva en la mencionada planta.
De no haberse encontrado una solución jurídicamente aceptable, las autoridades norteamericanas pudieron aplicar sanciones comerciales a México, en represalia a las violaciones de los derechos laborales colectivos, lo cual está considerado en el T-MEC.
GC