Antes de vender tu casa debes tomar en cuenta que realizar una transacción inmobiliaria implica el pago de impuestos, mismos que no siempre se entienden con claridad, y por lo tanto, no se conoce si se pueden deducir o exentar. Por ello, el portal de bienes raíces Vivanuncios, creó una guía para conocer cuáles son los impuestos que debes pagar al realizar una transacción inmobiliaria. Lo primero que se debe conocer es que las personas físicas que venden una vivienda causan un Impuesto Sobre la Renta (ISR) por enajenación de casa habitación. No obstante, la ley reconoce que se puede exentar este pago si el valor máximo de la venta es de 700 mil Unidades de Inversión (Udis), lo equivalente a cuatro millones de pesos aproximadamente. En el caso de una pareja casada en sociedad conyugal, cada uno tiene derecho estar exento del pago de ISR en 700 mil Udis (4mdp), es decir, si pretenden vender un inmueble estarán exentos por 8 mdp (acumulado). La Ley Federal del Impuesto Sobre la Renta dicta que se puede gozar de este beneficio una vez cada tres años, sin embargo, para ello es necesario que acredites al notario, con elementos documentales, que eres el dueño de la casa habitación que vendes. Con respecto a los documentos que se requieren para acreditar la propiedad del inmueble, Vivanuncio subraya que se puede hacer uso de recibos de telefonía fija, comprobantes de sociedades que conforman el sistema financiero mexicano (cuenta de ahorro, cheques, inversiones, bancos) y comprobantes que emitan casas comerciales (crédito Liverpool, Palacio de Hierro, Suburbia, entre otros; tu recibo de Sky, Cablevisión). También sirve tu credencial para votar expedida por el IFE, o el actual INE, siempre y cuando aparezca tu nombre y los datos del inmueble que vas a enajenar o vender. Es estrictamente necesario que estos comprobantes estén a nombre del contribuyente vendedor, de su esposo o esposa, de sus ascendientes o descendientes directos. Mucho ojo, no sirven la boleta predial, el comprobante de agua, ni la escritura misma de la casa. En caso de que no se cuente con algún documento mencionado antes, un notario deberá hacer un cálculo tomando en cuenta la escritura de la propiedad del vendedor que, en principio, es un elemento suficiente para tomar información de cuándo compro el propietario del inmueble y en qué precio. Cabe mencionar que los comprobantes digitales también son fundamentales para no pagar más en impuestos.
 “A partir del 1 de marzo de 2014, toda persona que venda y que vaya a pagar impuestos debe tener un comprobante fiscal digital por internet, un CFD o factura electrónica, más un elemento adicional que se denomina complemento que sirve para acreditar cuándo y en cuánto compró una persona. Si no se tiene ese elemento, se va a pagar mucho más en impuestos que una persona que sí cuente con esta información documental electrónica”, explicó José Antonio Manzanero Escutia, presidente del Colegio Nacional del Notariado Mexicano.
Finalmente, recuerda que conocer el aspecto tributario de la compraventa de un inmueble es muy importante, a menudo los involucrados no lo tienen en cuenta y los toman desprevenidos.
“Contar con la información necesaria y de manera oportuna puede hacer toda la diferencia cuando se realiza una operación inmobiliaria. Ofrecerla a los vendedores y compradores de vivienda es nuestro compromiso”, concluyó Karim Goudiaby, director general de Vivanuncios.
ERC