La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que, se detectaron 10 malas prácticas en la emisión de facturas, entre las que destacan exigir datos adicionales al RFC e incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita una factura. Con la finalidad de proteger el derecho que tienen los contribuyentes de deducir y acreditar impuestos, el SAT dio a conocer las malas prácticas a fin de que tanto emisores como receptores las conozcan y puedan, de manera efectiva, ejercer sus derechos de forma fácil, rápida y sin comprometer datos personales. Las malas prácticas identificadas son: Exigir cualquier dato distinto al RFC. El SAT señala que el contribuyente que solicita la factura sólo debe proporcionar verbalmente su RFC y subraya cualquier dato adicional no es requisito para la emisión. Indicó que, hoy en día, aún existen muchos sistemas de emisión de facturas que exigen dichos datos como requisito para obtener una factura, por lo que exhortó a los contribuyentes emisores de factura a revisar sus sistemas para evitar molestias y el uso de datos personales que no son requisito fiscal. Obligar a proporcionar un correo electrónico (opcional). El organismo refiere que cualquier contribuyente puede revisar en tiempo real que le haya llegado su factura a través de su página de internet, sólo con el RFC y contraseña, por lo que proporcionar el correo es una facilidad a la que tiene derecho el receptor de la factura para obtenerla, pero de ninguna manera es obligatorio. Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura.  En este punto el SAT apunta que el precio siempre debe incluir el IVA, sin importar si se solicita o no la factura. Obligar al receptor a generar la factura en un portal. Todos los contribuyentes, emisores y receptores, deben tener en cuenta que se debe entregar la factura en el establecimiento en donde se haya llevado a cabo la operación y al momento de realizarla, si así lo requiere el contribuyente. Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción. Aquí, es importante destacar que se puede emitir con posterioridad, mientras sea en el mismo año en que se realizó la operación. Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada. La forma de pago debe ser registrada cuando éste efectivamente se realice. Solicitar obligatoriamente se indique el uso que se le dará a la factura. El nuevo sistema de facturación requiere que se indique el uso que se le dará a la factura, por lo que, si este campo no lo proporciona el receptor, se deberá utilizar la clave “P01 Por definir” o bien la que señale el receptor. Negar la emisión de la factura cuando se pague en efectivo. Sin importar el medio por el cual se realice el pago del producto o servicio, se deberá emitir factura. No emitir la factura cuando se reciben pagos por anticipos. Cuando se reciban anticipos, éstos deben facturarse. No emitir factura. El SAT no tiene suscrito convenio con ningún contribuyente, cámara o asociación para la no emisión de facturas electrónicas.
“Se recuerda que no expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes las facturas, o expedirlas sin que cumplan los requisitos señalados por el SAT, se consideran infracciones que pueden llevar hasta la clausura del establecimiento”.
ERC