A fin de apoyar a contribuyentes en la presentación de su declaración anual 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición de personas morales un simulador de Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza.
Con esta herramienta, los interesados podrán visualizar de manera previa la información presentada en el ejercicio fiscal, previo al cumplimiento de su obligación fiscal, para la que tienen del 1 de enero al 31 de marzo de 2025.
Las sociedades que se encuentren en periodo de liquidación, tienen hasta el 17 de enero de 2025 para presentar su declaración del ejercicio por liquidación y las personas morales sin fines de lucro, tienen hasta el 15 de febrero de 2025 para presentar su declaración del ejercicio.
En un comunicado, el órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público precisó que dicho simulador se ubica en: https://anualpm.clouda.sat.gob.mx/MoralesV2.
Debido a las actualizaciones y mejoras que ha llevado a cabo la autoridad tributaria para la presentación de esta obligación fiscal, las declaraciones anuales cuentan con información precargada.
Entre los datos que ya aparecen están:
- Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
- PTU pagada en el ejercicio.
- Retenciones efectivamente pagadas, como ISR sueldos y salarios, ISR asimilados a salarios, ISR arrendamiento e ISR RESICO.
- Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo.
- Los CFDI emitidos por concepto de descuentos, devoluciones y bonificaciones.
“Por ello, es importante que en caso de querer realizar alguna modificación a los ingresos o cualquier otro campo prellenado, se deben presentar declaraciones complementarias. Si se tiene un saldo a cargo, se puede pagar en cualquier banco autorizado para cobro de contribuciones federales y la información se verá actualizada 48 horas después de haber realizado el pago. Si se tiene un saldo en cero, tardará 24 horas en verse reflejado”, explicó el SAT.
Cabe señalar que, para enviar la declaración, es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) y con un servicio de banca electrónica, toda vez que, de obtener un saldo a cargo, debe pagarse por transferencia electrónica a través del banco de su preferencia.