“En ambos casos necesitas tu RFC y contraseña o e.firma”, comenta.Esto, con base en los Artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016. A la letra, la Miscelánea Fiscal explica:
“… los contribuyentes a quienes se expidan CFDI a través de la citada aplicación, obtendrán el archivo XML en el Portal del SAT, el cual estará disponible en la opción “Factura Electrónica”, por lo que los emisores de tales CFDI no se encontrarán obligados a entregar materialmente dicho archivo”.





