Actualiza tu actividad fiscal para que no tengas complicaciones ante el SAT, te decimos cómo hacerlo Si estabas dado de alta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en un régimen y cambiaste de actividad pero no le dijiste al fisco, puede ser que éste te reclame tus obligaciones anteriores. En este conflicto se vio un pagador de impuestos, quien acudió a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) para solicitar se le apoyara en la disminución de obligaciones fiscales de manera retroactiva. Esa persona se encontraba en el Régimen de Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, aunque los últimos cinco años no percibió ingresos por ese tipo de empleo, se mantuvo sólo en el régimen de salarios. Para mostrarlo, con apoyo de Prodecon, se presentó la evidencia de que no realizó actividades en dicho régimen, no emitió facturas electrónicas, no presentó ninguna declaración periódica relacionada y no tiene reportes de actividades con terceros. “Lo anterior al amparo de la facilidad administrativa contenida en la Regla 2.5.19. de la RMF para 2017, pues los ingresos que obtiene sólo es por el régimen de salarios”, explica Prodecon en su boletín mensual Prodecontigo. La autoridad fiscal a su vez, revisó la evidencia y procedió a la disminución de obligaciones fiscales con fecha retroactiva al 1 de enero de 2011, fecha en la que el contribuyente dejó de tener actividades en el citado régimen, se le respetó sólo el de salarios. Hazlo tú Si te encuentras en una situación similar, es decir, cambiaste de actividad, notifica al fisco de esto a fin de que reduzcan, eliminen o suban las obligaciones fiscales a las que estas sujeto de acuerdo con tu nuevo régimen. Para ello, la regla 2.5.19. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 explica que tienes hasta cinco ejercicios previos a la solicitud, en caso de que lo hagas de forma retroactiva. Para hacerlo hay que presentar una aclaración en el portal del SAT www.sat.gob.mx, donde se debe indicar la fecha en la que dejaste de realizar esas actividades; el fisco revisará y dará la suspensión o disminución de obligaciones al corroborar que esta información es fidedigna. El primer paso es ingresar a “Mi Portal” con tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y contraseña; dentro selecciona la opción de Servicios por Internet, “Aclaraciones” y “Solicitud”, según se indica en la guía que para este procedimiento dispuso la autoridad fiscal. Deberás capturar la información relacionada al trámite que deseas realizar, por lo que dentro de la sección Descripción de Servicio, hay que elegir “Suspensión o disminución de Actividades”; en la opción Trámite: Solicitud de suspensión o disminución de obligaciones. En el espacio correspondiente al régimen que abandonas, puede ser: Incorporación Fiscal, Actividades Empresariales y Profesionales o Arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles. Puedes anexar información relacionada con el servicio, dando clic en el botón de “Adjuntar archivo”. Una vez que llenaste el formulario, deberás dar aprontar el botón de Acuse de recepción, se despliega un archivo en formato .PDF que puedes guardar y si tienes un correo electrónico dado de alta, también se te envía. La respuesta del SAT estará disponible después de 10 días en la sección de “Mi Portal” o en tu correo electrónico.