Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a los contribuyentes, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió el uso de la aplicación Mi Contabilidad para personas físicas que tributen en el régimen de actividades empresariales, servicios profesionales y arrendamiento. La aplicación que se utiliza en el caso de personas morales desde 2017, estará disponible para personas físicas a partir del 1 de octubre. A través de un comunicado, el SAT apuntó que Mi Contabilidad estará disponible en el Portal del SAT y permitirá a los contribuyentes la opción de presentar sus pagos provisionales al elegir la opción “clasificar facturas”. Gracias a esta herramienta, 3.8 millones de personas físicas podrían beneficiarse y tener por cumplido el envío al SAT del archivo de la contabilidad electrónica, además de que ya no será necesario ingresar de forma mensual su información contable, ni presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT). En el portal www.sat.gob.mx se podrá encontrar toda la información relacionada con la herramienta de “Mi Contabilidad”, así como utilizar los diferentes canales de comunicación con los que cuenta la autoridad para aclarar dudas.
“Con este tipo de acciones el SAT reitera su compromiso de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a los contribuyentes, lo cual, ha permitido a la presente administración mantener una economía sólida y en crecimiento con finanzas transparentes y ordenadas”.
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