“Podrán transmitir, diariamente y por canal, hasta seis minutos de publicidad en cada hora de transmisión. Para efectos del cálculo correspondiente, no se considerará la publicidad contenida en las señales de radiodifusión que sean retransmitidas ni los promocionales propios de los canales de programación”, se lee en el texto de la ley.Esto excluye, por supuesto, a canales dedicados específicamente a la venta de productos. Por el momento, el portal del IFT sólo presenta el voto emitido durante aquella sesión. Habrá que esperar a que el Instituto publique detalles sobre la resolución. Te puede interesar: IFT nombra a Adolfo Cuevas como presidente interino cach