El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) se sumó a los golpes legales contra el padrón de celulares.

El pleno del IFT aprobó de manera unánime, durante su sesión ordinaria del 12 de mayo, la presentación de una controversia constitucional en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).

Con esto, el IFT se une al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), que presentó su propia acción de inconstitucionalidad contra el Panaut a finales de abril.

En su comunicado al respecto, el IFT explicó que no cuenta con los recursos para poner en marcha el Panaut, como lo manda el decreto publicado el 16 de abril, por lo que la reforma es una “afectación directa a una garantía institucional”.

Además, considera que algunos elementos de ésta se contraponen a su mandato de garantizar el acceso a la información y la difusión de ideas, derechos establecidos en los artículos 6° y 7° de la Constitución.

El padrón de celulares forma parte de las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones promulgadas el 16 de abril. Será una base de datos nacional que contará con información sobre todas las líneas de teléfono celular abiertas en el país. Por cada línea telefónica, incluirá datos como nombre y domicilio del usuario, su CURP, el número de teléfono móvil y datos biométricos a definir.

Según las autoridades federales, el Panaut les permitirá ser más efectivos en el combate al crimen. Críticos del padrón consideran que este es una violación de los datos personales de usuarios, además de que pone en riesgo esta información utilizando una estrategia que se antoja poco efectiva para frenar actividad criminal.

Sin embargo, incluso antes de que se discutiera en ambas cámaras del Congreso, abundaron las críticas contra el Panaut. El INAI, por ejemplo, considera que la reforma viola el derecho a la protección de datos personales y restringe la libertad para acceder a información, entre otras cosas.

El padrón de celulares ya enfrentaba una batalla cuesta arriba incluso antes de ser aprobado por el Congreso y promulgado por Presidencia. Ahora enfrenta un camino espinoso rumbo a su implementación.

Además de la acción de inconstitucionalidad que promulgará el INAI, el Panaut se ha topado con más de 50 amparos provisionales en contra de sus efectos.

La reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones contempla que el IFT esté a cargo de recabar y resguardar los datos del padrón. Además, tendrá 180 días naturales (a partir del 17 de abril) para “emitir las disposiciones administrativas de carácter general” referidas en el decreto del Panaut.

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