El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) informó que su Pleno aprobó los estatutos sociales finales de las empresas mayoristas resultantes de la implementación de la separación funcional de Telmex (UMT) y Telnor (UMNOR). En un comunicado, el regulador indicó que hasta la fecha, las empresas mayoristas se han regido por los estatutos sociales constitutivos, aprobados por el IFT en junio pasado, no obstante, a principios de 2020, deberán regirse por reglas de gobierno corporativo que garanticen su independencia operativa y en la toma de decisiones, respecto de los integrantes del Agente Económico Preponderante en el sector de telecomunicaciones (AEPT) que cuenten con títulos de concesión en materia de telecomunicaciones. El organismo recordó que de acuerdo con lo establecido en el Calendario de hitos del Acuerdo de Separación Funcional, aprobado febrero, el AEPT debía presentar para su autorización, su propuesta de estatutos sociales finales para UMT y UMNOR a más tardar al cierre del cuarto trimestre de 2019. Sin embargo, la presentó de manera anticipada, el 13 de junio de este año.
“Derivado de los trabajos del Grupo de Transición en el que participan representantes del AEPT y del IFT, el agente económico presentó una nueva versión de su propuesta, la cual fue valorada por el regulador, concluyendo que se apega a lo mandatado en el Acuerdo de Separación Funcional”.
El regulador detalló que los estatutos sociales finales señalan el objeto social de las empresas mayoristas, las actividades asociadas al mismo, así como la obligación de notificar al Instituto cualquier modificación a las escrituras constitutivas de las sociedades. De la misma forma, establecen la constitución y reglas de funcionamiento de un Consejo de Administración independiente, el cual deberá conformarse por al menos siete consejeros, de los cuales cuatro, incluido el presidente, serán independientes del AEPT. Además, serán seleccionados con base en criterios específicos. Asimismo, establecen que el Consejo de Administración deberá apoyarse en un Comité de Auditoría y en un Comité de Cumplimiento Regulatorio, y que la Sociedad contará con el apoyo de un Auditor Externo. El IFT apuntó que en el caso de UMNOR, los estatutos sociales establecen que el ejercicio de sus facultades deberá estar en concordancia con las decisiones adoptadas por la Asamblea de Accionistas y los órganos de gobierno corporativo de UMT, así como la posibilidad de que el gobierno corporativo de la sociedad pueda quedar a cargo de las mismas personas que hayan sido designadas al efecto en UMT.
“Con la aprobación de los estatutos sociales finales de UMT y UMNOR, el AEPT cumple en tiempo la obligación correspondiente al hito décimo primero del Calendario del Acuerdo de Separación Funcional y contribuye a que se alcancen los propósitos de la separación funcional”.
La separación funcional de Telmex y Telnor fue ordenada por el IFT como resultado de la revisión bienal sobre la efectividad de la regulación asimétrica impuesta al AEPT. En dicha revisión se determinó la pertinencia de separar funcionalmente a la empresa que tiene la red local de mayor cobertura en el territorio nacional como una medida adicional para asegurar que los operadores tengan acceso efectivo a insumos esenciales en los mismos términos y condiciones, como lo ordena la Constitución. Cabe mencionar que la separación funcional no supone una separación estructural, ni desincorporación de las empresas que componen al AEPT, por lo que éste será responsable de la viabilidad técnica, económica y financiera de las nuevas empresas mayoristas, para lo cual deberá aportarles los recursos necesarios para que cumplan con su objeto social, contemplando en todo momento el respeto de los derechos laborales de los trabajadores. Te puede interesar: Separación funcional de Telmex y Telnor no fue decisión política: IFT erc