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Primero Dinero

¿Quién se encargará de tus hijos si no estás?

Es fundamental designar un tutor en el testamento y dejarle recursos para cuidar de tus hijos

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Es fundamental designar un tutor en el testamento y dejarle recursos para cuidar de tus hijos El próximo domingo se conmemora el Día del Niño y de la Niña, padres de familia, tíos y hasta maestros se ocupan por encontrar el regalo ideal, para ello, según datos de la Cámara de Comercio de la Ciudad de México (Canaco) se destinarán entre 365 y 400 pesos por infante. Y, ¿si ese dinero lo invirtieras en prevenir su futuro? Es difícil pero necesario hablar de ello, no eres inmortal, por lo que debes prevenir un ahorro para que pueda hacer su vida e igual de importante es decidir quién se encargará de cuidarlo, educarlo y velar por su bienestar. En el primer caso, puedes protegerle con un seguro o fideicomiso para su educación, de salud o gastos médicos, para la casa donde vive y, por supuesto, un seguro de vida para ti y tu pareja, así los recursos acumulados se le entregarán; en el segundo caso, sólo puedes designar a sus cuidadores a través del testamento, que es el único documento con validez jurídica por el cual los padres pueden designar a la persona que va a cuidar de sus hijos si ambos faltan, explica el Colegio Nacional del Notariado Mexicano (CNNM). Cabe destacar que en la Ciudad de México, durante las Jornadas Notariales se puede otorgar testamento con costo de 1,334 pesos; en otras entidades el costo puede superar los cinco mil pesos, según la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. Ahora bien, si llegas a faltar, la patria potestad de los niños pasa al otro padre, ya que este conjunto de derechos y deberes sólo se puede perder por muerte o por sentencia de un juez. El riesgo se presenta cuando los dos padres faltan, si no se designa a un tutor, será una autoridad judicial la que decida los cuidará, por lo general escogen a los abuelos paternos o maternos, lo que puede generar conflictos o bien, que sean personas que tú no hubieras querido que se hiciera cargo de su educación. El tutor entonces, es el encargado de cuidar a los hijos mientras sean menores de edad, o más tiempo si se trata de una persona con alguna incapacidad mental, y representarlos en actos jurídicos, lo designan los padres.
“En el testamento, los padres pueden nombrar un tutor sustituto en caso de que el tutor designado muera antes o al mismo tiempo que ellos. El tiempo de duración del ejercicio de la tutela es diverso, en la mayoría de los casos, termina cuando el menor alcanza los 18 años”, explica el CNNM.
El otro personaje es el curador, se encarga de vigilar la conducta del tutor y a dar aviso al juez si considerara que algo fuera perjudicial para el menor o la persona incapacitada; especialistas recomiendan que cada personajes sea designado por diferente padre, a fin de que ambos, desde su óptica velen por el bienestar de los hijos. ¿No se contraponen? Como se mencionaba, además del testamento es importante velar porque tus hijos tengan estabilidad financiera en lo que pueden valerse por sí mismos, estudian o inician su proyecto de vida. Para que tu voluntad se cumpla, es necesario que seguros y testamento estén alineados, para ello los especialistas recomiendan dejar en el testamento, como heredero universal, a tu pareja y explicar que, en caso de que no esté, a tus hijos; en este documento designas al tutor y a la persona que vigilará que el tutor cumpla con su obligación, que es el curador. Mientras que, en el seguro de vida puedes dejar como primera opción a tu pareja y luego al tutor, de quien deberás escribir su nombre completo no la palabra “tutor”, a fin de no dificultar el proceso de entrega de recursos. Y explicar que en caso de que no estuviera, hay un tutor sustituto o bien aclarar que la administración de los recursos recae en el “curador”, también designado por su nombre.

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