“Si bien la Sener no cuenta con la totalidad de la información que se procesa y reporta en el SIE, lo cierto es que tiene la información que es generada por las unidades administrativas competentes debido a que también participa en la alimentación de la información que se registra en el referido sistema; por tanto, dicha información puede ser entregada al particular en atención a su requerimiento, señaló la Comisionada Josefina Román Vergara, encargada del análisis del caso.Por lo anterior, el INAI determinó que la dependencia “debió turnar el requerimiento de información a todas las unidades administrativas competentes y, a partir de ello, proporcionar la información que genera conforme a sus atribuciones ya que forma parte del sector energético que alimenta el SIE”.
“En consecuencia, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la Secretaría de Energía, a efecto de que realice una nueva búsqueda de la información requerida, en las unidades administrativas competentes y, con base en sus atribuciones, entregue aquella que atienda lo solicitado por el particular”.Te puede interesar: AMLO impugna freno a política de confiabilidad de Sener er





