“Tampoco está determinando en definitiva el o los sujetos a quien o quienes, en su caso, se les deberá oír en defensa como probables responsables de una infracción a la LFCE”.La Comisión destacó que el presente procedimiento no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, sino como una actuación de la autoridad tendiente a verificar el cumplimiento de la LFCE, así como de la Ley Anterior.
“Sólo en caso de existir elementos suficientes para sustentar la actualización de contravenciones a las mismas, se procederá”.El regulador detalló que el periodo de la investigación no será inferior a treinta días ni excederá de ciento veinte días hábiles, contados a partir de la fecha del presente acuerdo, mismo que podrá ser ampliado hasta por cuatro ocasiones. Finalmente, apuntó que la información y los documentos que la Comisión haya obtenido directamente en la realización de sus investigaciones y diligencias de verificación será reservada, confidencial o pública. erc





