“En su Dictamen de Probable Responsabilidad (expediente IO-006-2016), la Autoridad Investigadora de la Comisión señala que tuvo conocimiento de hechos que posiblemente pudieran actualizar la comisión de prácticas monopólicas absolutas, esto es arreglos con el objeto o efecto de manipular el precio de los valores de deuda o establecer obligaciones para no comercializar o adquirir una parte de estos”, puntualizó Cofece.Por lo anterior, el organismo determinó emplazar a la etapa de procedimiento seguido en forma de juicio, a cargo de su Secretaría Técnica, a los probables responsables de cometer las prácticas señaladas, para que manifiesten lo que a su derecho convenga y ofrezcan pruebas relacionadas con las imputaciones hechas en su contra. Una vez realizadas estas manifestaciones, desahogadas las pruebas y presentados los alegatos correspondientes, el Pleno de la Cofece resolverá conforme a derecho.
“De comprobarse la realización de la conducta ilícita, los agentes económicos podrían ser sancionados con multas de conformidad con la Ley Federal de Competencia Económica”.Cabe mencionar que las prácticas monopólicas absolutas son contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados, así como la concertación de posturas en licitaciones, entre otras.
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— Cofece (@cofecemx) October 14, 2019





