“Dado que no se encontraron alternativas, el Pleno de la Comisión declaró que no existen condiciones de competencia efectiva en 20 rutas de tren para el transporte de los químicos y petroquímicos revisados, con origen en la zona sur del estado de Veracruz. “Por ello, los usuarios de este servicio se encuentran sujetos a las condiciones impuestas por Kansas y Grupo México en sus respectivas rutas, además de que su capacidad para negociar es limitada, lo que podría traducirse en que los transportistas pudieran extraer beneficios extraordinarios a través de tarifas elevadas por el servicio que prestan”, expuso Cofece.De esta forma, la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF o Agencia) está en posibilidad de, si lo considera necesario, regular las tarifas del servicio o determinar derechos de paso para estas rutas para los productos químicos y petroquímicos analizados en este caso. Lo anterior es relevante, toda vez que Veracruz representa 11% de la producción de la industria química nacional y el 48% de la industria petroquímica mexicana. En este se ubican cuatro de los siete complejos petroquímicos de Pemex, tres de ellos en el municipio de Coatzacoalcos. En particular el cloro, óxido de etileno, amoniaco anhidro y la sosa cáustica son insumos para más de 50% de los procesos de las industrias farmacéutica, de fertilizantes, procesamiento de alimentos, limpieza y cuidado personal, automotriz, construcción, entre muchas otras del sector manufacturero. El traslado de estas materias primas requiere disminuir riesgos a la población y al medio ambiente, haciendo del ferrocarril prácticamente el único medio técnicamente disponible. Cabe mencionar que esta declaratoria de ausencia de condiciones de competencia efectiva es la primera que emite la Cofece en algún mercado desde su creación, en septiembre de 2013. Una vez que se ha notificado la presente resolución, los agentes económicos con interés jurídico en el asunto tienen el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la actuación de la Comisión mediante un juicio de amparo indirecto. Las rutas son:
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