La solicitante presentó ante el INAI el recurso RRA 5370/17, donde insistió en que había un contrato con una empresa denominada Human Factor; Comunicaciones y Transportes consideró que este último dato era una ampliación a la solicitud original y, por tanto, pidió sobreseer el asunto. En el análisis del caso, el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas indicó que para distribuir los televisores, la SCT realizó registro de huellas dactilares, fotografías y digitalizó documentos de los beneficiarios. Para integrar dichas bases, la Secretaría celebró cinco contratos con la empresa denominada Código Empresarial, S.A. de C.V. (Human Factor), bajo el concepto “Módulos y toma de datos biométricos”. Por ello, es claro que sí hay contratos para armar las bases de datos de los beneficiarios de Televisión Digital Terrestre, pues la toma de datos biométricos formó parte del registro que el sujeto obligado realizó al momento de efectuar la entrega. El instituto revocó la respuesta de la SCT y le instruyó entregar a la persona los contratos celebrados con la empresa Código Empresarial, S.A. de C.V. (Human Factor). JME#INAIinforma La @SCT_mx debe entregar los 5 contratos celebrados con la empresa que integró la base de datos del Programa #TDT pic.twitter.com/BVbbgXxeWm
— INAI (@INAImexico) 16 de octubre de 2017





