A través de la publicación de un Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Ejecutivo Federal oficializó el traspaso del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), el Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México y del Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México a la Secretaría de Marina (Semar), proceso que deberá concretarse en dos meses.

La modificación de las entidades, que pertenecen a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), responde a que “en años anteriores hubo un descuido sistémico en las terminales aeroportuarias ya que el servicio presentaba deficiencias, con áreas y equipamiento mal aprovechados”.

Lo anterior, señala la publicación, generó actos destinados a comprometer la seguridad de la aviación civil y del transporte aéreo, pues “a pesar de contar con sistemas para monitorear amenazas y riesgos en el área operacional, los reportes no eran atendidos con prontitud; la seguridad de las operaciones y el cumplimiento estricto de la normativa en la materia era nula”.

Y es obligación del Estado mexicano contribuir al bienestar general de la población por medio de la implementación de estrategias nacionales e internacionales en la gestión de aeropuertos, a fin de facilitar los medios para el traslado de personas con seguridad y calidad, y de mercancías entre regiones”, acentúa el Acuerdo.

En ese sentido, resalta que la Secretaría de Marina tiene como misión la protección de la soberanía de la Nación y la seguridad interior del país, de forma que coadyuva en las operaciones de vigilancia, inspección, apoyo y control en el recinto aeroportuario para neutralizar el tráfico de armas, drogas, divisas, mercancía ilegal y evitar el tráfico de personas.

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El AICM y las otras entidades actualmente se encuentran agrupadas en el sector coordinado por la SICT; sin embargo, “dada la naturaleza de las atribuciones que tiene conferidas, se estima que coinciden en el ámbito de seguridad del Estado mexicano competencia de la Secretaría de Marina, razón por la cual es necesaria su resectorización”, afirma el documento.

Cabe mencionar que dicho Acuerdo entrará en vigor en 60 días, tiempo en el que la SICT debe llevar a cabo la actualización del capital social del AICM y de las otras entidades con base en los estados financieros auditados al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior, así como la transferencia de la totalidad de las acciones representativas del Gobierno federal, y demás acciones previstas en las disposiciones jurídicas aplicables.

La SICT también será responsable del proceso de transferencia de los recursos humanos, financieros y materiales con que cuentan las entidades paraestatales, así como proporcionar la información necesaria para la integración de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal que corresponda, en el ámbito de su competencia.

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