La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó invalidar la segunda parte de la reforma electoral que promovió el gobierno federal, conocida como “Plan B”.

El Pleno del Máximo Tribunal del país votó a favor de la resolución por mayoría, con el respaldo de los ministros Norma Piña Hernández, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Javier Laynez Potisek, Jorge Pardo Rebolledo, Juan Luis González Alcántara Carránca, Margarita Ríos Farjat y Alberto Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Luis María Aguilar Morales, mientras que votaron en contra las ministras Yazmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Alph.

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El argumento central para invalidar la reforma consistió en que “el Congreso de la Unión incurrió en múltiples violaciones graves al procedimiento legislativo” para realizar dichas reformas al marco legal electoral, sin agotarse todos los trámites y procedimientos necesarios para legislar.

La sentencia, cuyo proyecto fue elaborado por Laynez Potisek, establece que la Cámara baja no justificó la dispensa de trámite para sacar adelante la reforma electoral de manera urgente, no hubo tiempo suficiente para que los diputados conocieran las propuestas de reforma y que, además, el proyecto no obtuvo un dictamen elaborado en comisiones para después ser llevado a debate en el Pleno de la Cámara de Diputados.

El proyecto de reforma se presentó y aprobó en un lapso de “solo cuatro horas”, refirió la sentencia de la SCJN.

La segunda parte de la reforma contiene cambios a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General de Partidos Políticos, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la expedición de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, que se publicaron el 2 de marzo pasado, en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El proyecto de reforma, que fue elaborado por el gobierno federal, plateaba modificaciones a la estructura y operaciones del Instituto Nacional Electoral (INE), así como a las funciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Sin embargo, con esta resolución, el marco legal electoral del país regresa a su estado anterior a la aprobación de las reformas en el Poder Legislativo, mismo que será el aplicable en las próximas elecciones federales que se realizarán en junio de 2024, cuando se elegirán presidente de la República, nueve gobernadores, diputados federales y senadores, así como otros cargos de elección popular de nivel local.

Para que la SCJN diera su punto de vista sobre la reforma electoral, partidos de oposición y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) interpusieron acciones de inconstitucionalidad, una vez que se publicó en el DOF.

Anteriormente, el pasado 8 de mayo, el Alto Tribunal invalidó la primera parte del “plan B”, que contenía cambios a la Ley General de Comunicación Social y la Ley de Responsabilidades Administrativas.

GC