La diputada Lidia García Anaya, de Morena, presentó una iniciativa de reforma que pretende incrementar los días de aguinaldo al que los trabajadores tienen derecho, y pasar de un equivalente de 15 a 20 días de salario, por lo menos.
El documento que plantea modificar el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo fue enviado a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su discusión.
En éste, la legisladora expone que, desde 1973 no se ha reformado el marco normativo con relación al aguinaldo; es decir, 50 años sin tener una modificación.
Fundamento que una reforma en la materia ayudaría a reducir la desigualdad, pues en muchos países hay una brecha significativa entre los salarios y los costos de vida.
Justificó también que aumentar el aguinaldo a 20 días podría ser una medida para minimizar los efectos de la inflación y proporcionar un alivio económico adicional a todos los trabajadores que se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad o que tienen más responsabilidades financieras.
Asimismo, considera que el esfuerzo de la clase trabajadora mexicana debe tener una justa retribución mediante el salario y, al ser el aguinaldo parte de las prestaciones anuales, resulta primordial que se analice una reforma legal que permita incrementar el pago de este beneficio por el equivalente a 20 días de salario mínimo.
Otro aspecto a tomar en cuenta, agrega, es el efecto positivo en la productividad, ya que está demostrado que los empleados satisfechos y motivados son más productivos en su trabajo, con lo cual se fomenta un ambiente laboral positivo y se genera un mejor desempeño de las y los trabajadores.
Actualmente, el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece un pago mínimo equivalente a 15 días de salario, por lo que el aguinaldo surge como una prestación obligatoria que se brinda a este sector del país. También determina que el aguinaldo debe pagarse antes del día 20 de diciembre.
Igualmente, asienta que los que no hayan cumplido el año de servicio, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
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