La Ley Federal de Revocación de Mandato entró en vigor este miércoles 15 de septiembre, la cual es reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política, en materia de revocación de mandato del titular de la Presidencia de la República.

La puesta en vigor de esta nueva ley ocurre a una semana de que la Cámara de Diputados dio su voto favorable y a un día de que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Según el decreto de expedición de la Ley Federal de Revocación de Mandato, el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo la organización, desarrollo y cómputo de la votación, lo que incluye consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.

Asimismo, la consulta para revocación de mandato se realizará a petición de los ciudadanos, que cuando menos representen a 3% de la lista nominal de electores, que procedan de 17 estados y que además representen a 3% de la lista nominal de cada una de esas entidades federativas.

El inicio del proceso de revocación de mandato podrá solicitarse, por una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de quien ostente la titularidad del Ejecutivo Federal por votación popular.

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Si el día de la consulta participa cuando menos 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores, el resultado de la consulta tendrá que ser vinculatorio para el presidente en turno, es decir que si los electores votan en contra del mandatario, este tendrá que retirarse.

La consulta de revocación deberá celebrarse 90 días después de que se publique la convocatoria, en una fecha que no coincida con elecciones federales ni locales.

En sus artículos transitorios, el decreto establece que el INE deberá tener a disposición de los ciudadanos, a más tardar el 1 de octubre de 2021, el formato impreso y los medios electrónicos de solicitud de la convocatoria al proceso de revocación de mandato para el periodo constitucional 2018-2024.

La pregunta que se planteará en el proceso de revocación de mandato deberá ser: “¿Estás de acuerdo en que a (nombre), presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”

Asimismo, el INE será responsable de considerar los recursos económicos que sean necesarios para la organización del proceso de consulta.

El decreto puede consultarse aquí.

GC