“Los particulares que determinen el uso de la firma electrónica avanzada como medio de autenticación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al Servicio de Administración Tributaria que preste el servicio de verificación y autenticación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas, así como el de la verificación de identidad de los usuarios”, se lee en el texto legal.Como parte del proceso de inscripción al padrón de contribuyentes, el SAT recauda y guarda datos personales de cada ciudadano. Entre estos se encuentran los llamados “datos biométricos” (geometría facial, iris del ojo y huellas dactilares). En su “Guía para el tratamiento de datos biométricos”, el INAI señala que este tipo de información se considerará un dato personal “cuando de manera directa identifique a su titular, o bien, lo haga identificable a través de la biometría”, es decir, cuando es procesada junto con otra información en un sistema con el propósito de identificar a una persona. Debido a la naturaleza delicada de los datos que estaría manejando el SAT como parte de este servicio, las reformas al Código Fiscal han sido criticadas porque abren la puerta a que se vulneren los datos personales de los contribuyentes.
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— INAI (@INAImexico) December 22, 2020